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¿Quiere que su arrendador reduzca el alquiler durante la epidemia?

Si el propietario necesita renunciar al alquiler debido a la epidemia, el inquilino puede presentar una solicitud al arrendador y explicarle el motivo y el momento de la exención del alquiler. Cabe señalar que sólo los factores de fuerza mayor, como la epidemia, pueden cumplir las condiciones para la exención del alquiler, y ambas partes deben negociar en función de la situación real. Después de que se requiera una solicitud, se determinará mediante negociación entre ambas partes. Por ejemplo, debido a la epidemia, algunos inquilinos, especialmente los trabajadores migrantes, no pueden regresar a sus lugares de trabajo para utilizar las casas alquiladas con normalidad. Los inquilinos pueden solicitar una reducción parcial del alquiler basándose en las condiciones contractuales pertinentes de "fuerza mayor"; o salas de entretenimiento, salas de entretenimiento, etc. que se ven obligadas a cerrar debido a medidas de prevención de epidemias. Los parques de diversiones y otras tiendas operativas de hecho han sufrido pérdidas por fuerza mayor, lo que tiene un gran impacto. contrato de arrendamiento, y es razonable solicitar una reducción del alquiler. El hecho a que se refiere la fuerza mayor debe ser imprevisto por ambas partes al momento de celebrar el contrato y debe ocurrir por pura casualidad después de la celebración del contrato. Por supuesto, tales emergencias no son completamente inimaginables para las partes involucradas, y algunos accidentes no son completamente impredecibles para las partes involucradas. Sin embargo, debido a que la probabilidad de que ocurra es extremadamente pequeña, las partes lo ignoran y lo excluyen de las circunstancias normales. Sin embargo, al final, este evento accidental ocurrió y este evento aún era imprevisto. En términos generales, existen dos estándares diferentes para juzgar si una parte puede prever la ocurrencia de un determinado evento: uno es el estándar objetivo, es decir, bajo ciertas circunstancias, las partes del contrato deben prever cosas que una persona normal puede prever. Si la previsión de tal evento requiere algún conocimiento especial, entonces las partes del contrato deben prever el evento siempre que cualquier persona con conocimientos profesionales normales pueda preverlo. El segundo es el estándar subjetivo, es decir, bajo circunstancias específicas, basado en las condiciones subjetivas del actor, como la edad, desarrollo, nivel de conocimientos, estatus profesional, nivel educativo, capacidad integral, etc. de las partes del contrato, Se juzga si las partes deberían haberlo previsto.

El requisito previo para que el arrendatario obtenga la exención del alquiler son factores de fuerza mayor como la epidemia. No se permite la exención del alquiler salvo que sea por causa de fuerza mayor. En determinadas circunstancias, podrá tramitarse de conformidad con las normas previstas por la ley. Si tiene alguna objeción, puede solicitar arbitraje y mediación.

Base jurídica: Artículo 180 del Código Civil: No asumirán responsabilidad civil quienes no puedan cumplir las obligaciones civiles por causa de fuerza mayor. Si la ley dispusiera lo contrario, prevalecerán tales disposiciones. La fuerza mayor es una situación objetiva que no se puede prever, evitar ni superar.