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Contenido original de "Medidas Provisionales para la Gestión de Fondos Especiales para Subsidios de Precios de Productos Refinados de Petróleo de la Pesca"

Medidas Provisionales para la Gestión de Fondos Especiales para Subsidios de Precios de Aceites Refinados de Pesca

Artículo 2: Estas Medidas se aplicarán a la gestión de fondos especiales para subsidios de precios de aceites refinados de pesca (en adelante denominados fondos de subsidio) .

Artículo 3 El término “fondos de subsidio”, como se menciona en estas Medidas, se refiere a los fondos especiales dispuestos por el presupuesto central para subsidiar el aumento de los costos de consumo de petróleo refinado de los productores pesqueros debido a ajustes en los precios del petróleo refinado.

Artículo 4 El término “subvenciones”, tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a los productores pesqueros, incluidos los pescadores y las empresas pesqueras que se dedican a la pesca marina nacional, la pesca en alta mar, la pesca continental y la acuicultura, así como el uso de embarcaciones pesqueras motorizadas de conformidad con la ley.

No se utilizarán como subvenciones embarcaciones auxiliares de pesca.

Artículo 5 Los objetos de subvención deberán cumplir las siguientes condiciones:

(1) La producción pesquera realizada cumple con las disposiciones de la Ley de Pesca y demás leyes y reglamentos.

(2) Los buques pesqueros motorizados de pesca marítima nacional poseen certificados de buque pesquero legales y válidos (certificados) y participan en actividades normales de producción pesquera durante al menos tres meses dentro de un año de subvención. Los buques pesqueros grandes y medianos deberían rellenar los diarios de pesca. Los buques de pesca oceánica nacionales están incluidos en el rango de control del número y la potencia total de los buques de pesca oceánica de mi país y están incluidos en la gestión de la base de datos nacional.

(3) Los barcos pesqueros motorizados de pesca en ríos interiores poseen certificados de buque pesquero válidos (certificados) y participan en actividades normales de producción pesquera durante un total de no menos de tres meses en un año de subvención. El número y la potencia de los barcos de pesca continental se controlan dentro del rango de datos aprobado por el Ministerio de Agricultura en 2008 y se incluyen en la gestión de bases de datos provinciales.

(4) Los pescadores (empresas pesqueras) poseen certificados de reproducción legales y válidos de áreas de agua y llanuras mareales (en adelante, certificados de reproducción) y certificados de embarcaciones pesqueras (certificados), y utilizan embarcaciones pesqueras motorizadas para transportar llevar a cabo las actividades normales de producción reproductiva.

(5) Los buques pesqueros de aguas distantes están aprobados por el Ministerio de Agricultura, poseen certificados legales y válidos y se dedican a la producción pesquera normal en océanos distantes.

(6) Excepto en circunstancias especiales especificadas por el Ministerio de Agricultura, todos los buques pesqueros dedicados a la producción pesquera en aguas distantes recibirán fondos de subsidio a la pesca en aguas distantes y no recibirán fondos de subsidio a la pesca nacional repetidamente.

Artículo 6: Cuando el precio en fábrica del petróleo refinado determinado por el Estado es superior al precio en fábrica de diferentes tipos de petróleo refinado en 2006 (gasolina 4.400 yuanes/tonelada, diésel 3.870 yuanes/tonelada). tonelada), el mecanismo de subsidio se activará cuando el precio sea bajo. Al precio anterior, los subsidios cesarán;

Artículo 7 El estándar de subsidio del fondo de subsidio y la proporción de subsidios a cargo del gobierno central se determinarán de acuerdo con el "Aviso del Ministerio de Finanzas y otros siete departamentos sobre la mejora adicional de la reforma del petróleo refinado". precios e impuestos y tasas". Se aplicarán las disposiciones del "Aviso sobre el mecanismo de subvenciones a la industria" (Cai Jian [2009] Nº 1).

Artículo 8 Principios para la contabilidad del consumo de petróleo subsidiado:

(1) En principio, la contabilidad del consumo de petróleo subsidiado se limita a 2008. El Ministerio de Agricultura determina la cantidad de petróleo subvencionado en consulta con el Ministerio de Finanzas sobre la base de los buques pesqueros y los certificados de cría comunicados por las autoridades pesqueras provinciales, teniendo en cuenta factores como los aumentos y las disminuciones.

(2) El consumo de combustible subvencionado de los buques pesqueros motorizados de pesca nacional en el océano, pesca en alta mar y pesca interior se calculará y determinará en función del tipo de operación de pesca y de la potencia total del motor principal del barco pesquero. La cantidad de aceite subvencionado utilizado por los barcos de pesca a motor para acuicultura se calcula y determina sobre la base de la superficie confirmada en el certificado de acuicultura y la potencia real de los barcos de pesca a motor para acuicultura. La potencia del motor principal de los barcos pesqueros motorizados agrícolas estándar subvencionados por unidad de superficie de agua de cría no excederá de 65438 ± 0,4 kW/ha, pero será inferior a 65438 ± 0,4 kW/ha, y se determinará sobre la base de la potencia real.

El Ministerio de Agricultura ha propuesto estándares de referencia para calcular el consumo de combustible de los buques pesqueros a motor en función del tipo de buque pesquero, tipo de operación y tiempo medio de operación.

(3) Calcule la cantidad de combustible subsidiado utilizado por los buques pesqueros motorizados de pesca marítima nacional adquiridos en todas las provincias. A partir de junio de 5438 + 31 de febrero del año de subvención, el consumo de petróleo subsidiado se incluye en las provincias (regiones autónomas y municipios) donde el Ministerio de Agricultura compra barcos pesqueros, y los fondos de subvención los paga cada provincia (región autónoma y municipio ). Estará sujeta a este procedimiento la compra de embarcaciones pesqueras dentro de la provincia.

El tiempo para la tramitación de los trámites de compra y venta de barcos pesqueros entre provincias se basará en el tiempo del "Documento de Aprobación del Indicador de Herramienta de Red de Pesca" aprobado por el Ministerio de Agricultura.

Artículo 9 Las autoridades pesqueras a nivel de condado o superior establecerán y mejorarán la base de datos nacional de embarcaciones pesqueras motorizadas, gestión de embarcaciones pesqueras motorizadas y emisión de licencias de cría, y registrarán de forma completa y precisa los barcos pesqueros y las zonas de cría. licencias dentro de su jurisdicción.

Después de fin de año, el departamento administrativo de pesca a nivel del condado organizará a los productores pesqueros que cumplan con las condiciones de solicitud para completar el formulario de solicitud de subsidio, incluida la información básica de los buques pesqueros de pesca a motor y de cría nacionales. embarcaciones pesqueras a motor, propietarios y certificado de cría, si la producción y las operaciones fueron normales durante el año de subvención y si hubo violaciones de leyes y reglamentos como la Ley de Pesca, etc.

Artículo 11 El departamento administrativo de pesca a nivel del condado llevará a cabo una revisión preliminar y un resumen del formulario de solicitud de subsidio y publicará las calificaciones de la solicitud de subsidio de los productores pesqueros (al menos 5 días hábiles), centrándose en la pesca. buques dentro del año de subvención. Después del anuncio público, el departamento administrativo de pesca a nivel de condado calculará la cantidad de petróleo subsidiado de acuerdo con las disposiciones del artículo 8, y para fines de febrero, los datos estadísticos de los barcos pesqueros a motor nacionales y los barcos pesqueros a motor de acuicultura y la contabilidad de la cantidad de petróleo subsidiado se compilará paso a paso y se presentará al departamento administrativo de pesca provincial y se enviará una copia a los departamentos financiero y de auditoría del mismo nivel.

Artículo 12 El departamento administrativo de pesca provincial verificará y elaborará estadísticas sobre los materiales presentados por el departamento administrativo de pesca a nivel de condado de conformidad con las disposiciones del artículo 8, y presentará un documento escrito al departamento de agricultura antes 20 de marzo El Ministerio presentó el resumen de la revisión de los subsidios a los precios del combustible para los barcos pesqueros motorizados nacionales de las finanzas centrales para el año anterior, la lista de revisión de los precios del combustible para los barcos pesqueros motorizados nacionales de las finanzas centrales, la lista de revisión de los precios del combustible para los barcos pesqueros motorizados de las finanzas centrales para la acuicultura motorizada buques pesqueros, y el resumen de revisión de las finanzas centrales del subsidio al precio del combustible para los buques pesqueros de altura.

Artículo 13: Después de recibir los materiales presentados por las autoridades pesqueras de cada provincia (región, ciudad), el Ministerio de Agricultura revisará y calculará el total de los subsidios nacionales a la pesca, los subsidios al petróleo para cada provincia (región, ciudad) de acuerdo con el artículo 8 La cantidad total, la cantidad total de petróleo subsidiado por pesquerías de aguas distantes y la cantidad de petróleo subsidiado por ramas, junto con una lista de todos los buques pesqueros, se presentarán al Ministerio de Finanzas antes del 10 de abril. y se presentará copia a la Sindicatura.

Artículo 14 El Ministerio de Hacienda calculará y determinará las subvenciones a la pesca nacional y a la pesca pelágica de cada provincia (región autónoma y municipio) y las subvenciones a la pesca pelágica de las empresas centrales en el año anterior en función del consumo de petróleo. de los subsidios a la pesca informados por el Ministerio de Agricultura en el año anterior, los subsidios se distribuirán a los departamentos financieros provinciales (autónomos y municipales) y a las empresas centrales pertinentes antes del 30 de abril. Se envían copias de los documentos de liberación de fondos al Ministerio de Agricultura, a la Oficina de Auditoría y a las Comisarías de Supervisión Financiera del Ministerio de Hacienda en cada provincia (región autónoma, municipio).

Artículo 15 El Ministerio de Agricultura notificará por escrito a las autoridades pesqueras de todas las provincias (regiones autónomas y municipios) antes del 15 de mayo, y enviará copia al Ministerio de Hacienda y a los departamentos financieros de cada provincia ( comunidad autónoma y municipio). Los departamentos financieros de cada provincia (región autónoma y municipio) asignarán los fondos en consecuencia y los fondos se liberarán antes del 30 de junio.

Artículo 16 El departamento financiero provincial, junto con el departamento administrativo de pesca del mismo nivel, formulará un plan de asignación específico de fondos de subsidio a la pesca nacional basado en los documentos emitidos por el Ministerio de Finanzas y asignará fondos en de manera oportuna. El departamento de finanzas a nivel distrital, junto con el departamento administrativo de pesca del mismo nivel, publicarán información relevante sobre los fondos de subsidio de acuerdo con los procedimientos, y los fondos se liberarán antes del 30 de junio.

Artículo 17 Después de que se liberen los fondos de subsidio fiscal central (pesca pelágica), para garantizar que los fondos de subsidio se transfieran a los pagadores del costo del diésel, los departamentos financieros de cada provincia (región autónoma, municipio) , junto con las autoridades pesqueras del mismo nivel, se asignarán directamente a las empresas de barcos pesqueros propios, de acuerdo con las normas agrícolas. El importe de la subvención para los barcos pesqueros propios y los barcos pesqueros agentes aprobados por el Ministerio; actuar como agentes o arrendar barcos pesqueros, el monto del subsidio se basará en la empresa de agencia aprobada por el departamento administrativo de pesca de cada provincia (región, ciudad) y el agente propuesto o El acuerdo de subsidio firmado por el propietario del barco pesquero fletado asigna fondos de subsidio a quienes soportan directamente el costo del diésel.

Artículo 18 El departamento financiero provincial, en conjunto con el departamento administrativo de pesca del mismo nivel, informará sobre los fondos de subsidio a la pesca del año anterior, incluyendo un resumen escrito, un cuadro estadístico sobre el pago de Subvenciones al precio del petróleo para los buques pesqueros a motor de pesca nacional y a los buques pesqueros a motor para la acuicultura. El cuadro estadístico sobre el pago de las subvenciones al precio del petróleo y el cuadro estadístico sobre el pago de las subvenciones al precio del petróleo para la pesca en aguas distantes se presentarán al Ministerio de Finanzas y Ministerio de Agricultura en documentos oficiales, con copia a la Sindicatura.

Artículo 19 El departamento central de finanzas trabajará con los departamentos de agricultura, auditoría y otros departamentos para verificar la autenticidad, confiabilidad e integridad de los barcos pesqueros, los certificados de cría y las operaciones de producción reportados por los departamentos de pesca locales en todos los niveles y los beneficiarios de fondos de subsidio, llevar a cabo supervisión e inspección regulares e irregulares sobre el progreso de la asignación de fondos y los acuerdos de financiación de trabajos de los departamentos financieros en todos los niveles, u organizar las oficinas de inspección financiera del Ministerio de Finanzas en varias provincias (regiones autónomas y municipios) para realizar inspecciones aleatorias o. inspecciones exhaustivas en colaboración con los departamentos pertinentes. Los departamentos de finanzas, pesca, supervisión, auditoría y otros departamentos a nivel provincial también deben fortalecer la supervisión e inspección de la declaración, asignación y disposición del fondo de trabajo de los fondos de subsidio de la provincia (región, ciudad). Si se descubre alguna violación de las leyes y disciplinas, se transferirá de inmediato a la autoridad supervisora ​​para su manejo.

Artículo 20: Los fondos de subsidio se administrarán en cuentas especiales y se destinarán a fines especiales. Ninguna unidad o individuo puede obtener fondos de subsidio en forma de certificado de ausencia de barco, certificados múltiples para un barco, barcos ilegales, documentos falsificados, etc. , ampliar el alcance de los subsidios, liberar fondos de subsidios, exprimir, retener y apropiarse indebidamente de fondos de subsidios y fondos de trabajo. Si se comete cualquiera de los actos anteriores, el departamento financiero recuperará el dinero de conformidad con la ley; el responsable directo y los demás responsables directos serán considerados legalmente responsables de conformidad con la ley. Cualquier persona que proporcione materiales falsos para solicitar fondos de subsidio será, una vez verificada, descalificada permanentemente para recibir fondos de subsidio pesquero y será notificada a todo el país.

Artículo 21: A quienes se dediquen a la producción pesquera en violación de la Ley de Pesca y otras leyes y reglamentos, no se otorgarán subsidios o se reducirán según las circunstancias.

Artículo 22 Los fondos de trabajo del fondo de subsidio serán administrados centralmente por el departamento de finanzas provincial de acuerdo con las regulaciones de gestión financiera y las autoridades comerciales y pesqueras se asignarán las estadísticas del consumo de petróleo y los fondos de subsidio a los departamentos de administración de base.

Artículo 23 El departamento financiero provincial, junto con el departamento de pesca del mismo nivel, formularán normas de aplicación específicas de conformidad con estas medidas.

Artículo 24 El Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Agricultura son responsables de la interpretación de las presentes Medidas.

Artículo 25 Las presentes Medidas se implementarán a partir de 2065438, 2000 + 65438, 1ro.