¿Cuáles son los requisitos para solicitar vivienda pública de alquiler en Shenzhen?
Según el artículo 7 de las "Medidas de Gestión de Vivienda Pública de Alquiler":
"La solicitud de vivienda pública de alquiler debe cumplir las siguientes condiciones:
(1) No hay local La casa o el área de vivienda es inferior al estándar prescrito;
(2) Los ingresos y la propiedad son inferiores al estándar prescrito;
(3) El solicitante es un trabajador migrante y se ha estabilizado en el área local El empleo debe alcanzar el número de años especificado.
Las condiciones específicas serán determinadas por el departamento de seguridad de vivienda municipal y el gobierno popular a nivel municipal y de condado con base en. la situación real de la región, y se implementará y anunciará al público después de la aprobación del gobierno popular al mismo nivel p>
2. Condiciones de solicitud para viviendas públicas de alquiler en Shenzhen
(. 1) El solicitante es mayor de 18 años y tiene un registro de hogar en esta ciudad. Sin embargo, los residentes que obtienen el registro de hogar en esta ciudad basándose en sus hijos no pueden ser considerados solicitantes. Si el solicitante ha formado una familia, deberá presentar una solicitud de espera de vivienda pública de alquiler como unidad familiar si el cónyuge del solicitante y sus hijos menores tienen registro de hogar en esta ciudad o han tenido un permiso de residencia en esta ciudad para uno. año, se incluirán con el solicitante como * * *Relación Los padres y los hijos adultos del solicitante (cónyuge) con registro de hogar en esta ciudad pueden ser los mismos que los del solicitante (al menos uno de los padres tiene un hogar en Shenzhen), pero no pueden disfrutar repetidamente de ninguna otra política preferencial de seguridad de vivienda en esta ciudad durante el período de arrendamiento.
(2) Si el cónyuge del solicitante es un miembro militar activo, él o ella no está sujeto a las restricciones sobre el registro del hogar ni al límite de tiempo para tener un permiso de residencia en esta ciudad. Si los hijos adultos del solicitante se mudan fuera de la ciudad para realizar el servicio militar o asistir a la escuela a tiempo completo, se considera que tienen registro familiar en la ciudad. Si los hijos menores del solicitante se mudan fuera de esta ciudad para asistir a la escuela, se considera que tienen registro de hogar en esta ciudad.
(3) Solicitantes que hayan pagado seguro social (seguro de pensión o seguro médico, excluyendo seguro médico para niños, el mismo a continuación) en esta ciudad durante más de 3 años. El solicitante tiene título de bachiller o superior o título profesional intermedio o superior, y ha pagado seguro social en esta ciudad por más de 1 año, ** y el solicitante pertenece a la Federación de Personas con Discapacidad y está reconocido como primero; - Las personas con discapacidad de segundo, tercer y cuarto nivel, o aquellas identificadas como beneficiarios de subsidios de pensiones y cuidados especiales por el Departamento de Asuntos Civiles, no están sujetas al límite de tiempo para pagar el seguro social.
El solicitante, su cónyuge, hijos menores u otros * * *El solicitante (y su cónyuge) no poseen ningún tipo de vivienda propia (incluido terreno para la construcción de viviendas) en esta ciudad, y no no recibir subsidios de vivienda, la casa ocupada por el propietario no ha sido transferida a esta ciudad dentro de los 3 años anteriores a la fecha de aceptación de la solicitud, o el solicitante ha estado separado por divorcio.
(4) En el momento de la solicitud, el solicitante y su cónyuge, hijos menores u otros solicitantes (y su cónyuge) no han alquilado ningún tipo de vivienda asequible (incluidas viviendas de alquiler bajo, viviendas públicas vivienda de alquiler). Las personas que reciben subsidios monetarios para el alquiler de viviendas en esta ciudad pueden solicitar la espera de viviendas públicas de alquiler de acuerdo con estas medidas. Aquellos que sean candidatos y alquilen viviendas públicas de alquiler dejarán de recibir subsidios monetarios para el alquiler de viviendas.
(5) El solicitante y su cónyuge no han violado la política nacional de planificación familiar para tener más hijos, o aunque sí han violado la política nacional de planificación familiar para tener más hijos, se les ha tratado con conforme a ley. Han transcurrido cinco años desde la fecha de tratamiento.