¿Cuáles son las disposiciones pertinentes para la reducción y exención del alquiler personal durante la epidemia?
1. ¿Cuáles son las regulaciones pertinentes sobre reducción y exención del alquiler personal durante la epidemia?
1. Si el arrendador utiliza la propiedad arrendada con fines residenciales durante la epidemia, no puede reclamar una reducción del alquiler.
Durante el estallido de la epidemia, aunque la epidemia ha causado inconvenientes al arrendatario en el uso de la casa alquilada, no ha afectado el objeto del contrato de arrendamiento original y es imposible reclamar una reducción del alquiler. . La "cuarentena domiciliaria" del inquilino debido a la epidemia es el cumplimiento de las responsabilidades legales del inquilino y no afecta la función de vida de la casa arrendada, por lo que no puede reclamar reducción o exención del alquiler.
2. Si el arrendatario no puede utilizar la propiedad arrendada con fines residenciales durante la epidemia, puede solicitar una reducción del alquiler.
Si la propiedad arrendada está bloqueada debido a la epidemia y el arrendatario no puede regresar a su residencia para utilizar la propiedad residencial arrendada debido al control administrativo, el arrendatario no podrá realizar el propósito de el contrato de arrendamiento porque no disfruta de los beneficios de la propiedad residencial, tal como se menciona en el ejemplo anterior, si el arrendatario que se utiliza para el negocio cierra, debería poder reclamar una reducción del alquiler al arrendador.
2. ¿Se aplica la "fuerza mayor" a la rescisión de los contratos de arrendamiento durante la epidemia?
Según contrato firmado por ambas partes. La epidemia es una fuerza mayor, pero ninguna de las partes tiene la culpa. Si el contrato que firmó con la otra parte tiene disposiciones pertinentes, el contrato debe implementarse. En caso contrario, se recomienda que ambas partes negocien para resolverlo. Si el período del contrato no ha expirado, se trata de un incumplimiento del contrato y usted debe asumir cierta responsabilidad por el incumplimiento del contrato. El depósito es reembolsable una vez finalizado el contrato.
3. Las empresas se ven afectadas por la epidemia. Durante la epidemia, debido a la iniciativa de reducir las reuniones y salidas, el negocio fue sombrío y los ingresos operativos no pudieron pagar el alquiler. Si negocia con el arrendador una reducción del alquiler, ¿cómo debería negociar?
1. Arrendador:
(1) Comprobar primero en el contrato de arrendamiento si existe acuerdo de negociación o reducción o exención del alquiler en caso de fuerza mayor;
(2) El arrendatario puede solicitar voluntariamente al arrendador una reducción o exención, o solicitar una prórroga de la entrega, o proponer un cambio en la forma de pago y en las condiciones de pago, y previo consenso de ambas partes, un acuerdo complementario. se firmará para su confirmación;
(3) Arrendador Si el arrendatario no acepta rescindir el contrato o reducir el alquiler a través de la comunicación, el arrendatario puede conservar pruebas de que el contrato de arrendamiento no se puede ejecutar, como fotografías del sitio comercial, videos de vigilancia en la tienda, ingresos comerciales, etc. y presentarlo cuando se requiera un litigio o arbitraje en una etapa posterior.
2. Arrendador:
El brote de la epidemia ha tenido un gran impacto en toda la sociedad y ha causado grandes pérdidas a todo el negocio. Sin embargo, si las pérdidas causadas por la epidemia recaen en el arrendatario, es incompatible con los principios legales de mi país. Se recomienda que la política de arrendamiento ajuste proactivamente el alquiler de acuerdo con las diferentes condiciones operativas del arrendatario, a fin de evitar posibles disputas sobre el alquiler en el período posterior, reducir los litigios y también entenderse, negociar amistosamente con el arrendatario y superar las dificultades juntos.
Artículo 729 del Código Civil (en vigor a partir de enero de 2021) Si el bien arrendado sufre daño o pérdida total o parcial por causas no imputables al arrendatario, el arrendatario podrá solicitar una reducción. El arrendatario podrá rescindir el contrato. contrato si el objeto del contrato no puede realizarse por daño o pérdida parcial o total del bien arrendado.
En resumen, cuando ha estado ocupando la propiedad de alquiler durante la epidemia, no puede pedirle al propietario que baje el alquiler porque no tiene ingresos salariales. Las políticas de aplazamiento de la hipoteca, sin mencionar el alivio del alquiler, variarán de persona a persona. Cuando se trata de reducción o exención del alquiler, la actitud del propietario es la más crítica.