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Definición de evaluación de impacto ambiental

La evaluación de impacto ambiental, denominada evaluación de impacto ambiental, se refiere al análisis, predicción y evaluación de los posibles impactos ambientales causados ​​por la ejecución de proyectos de planificación y construcción, proponiendo contramedidas y medidas para prevenir o mitigar efectos adversos. impactos ambientales, y realización de métodos y sistemas de seguimiento. En términos sencillos, significa analizar el posible impacto sobre el medio ambiente una vez finalizado y puesto en funcionamiento el proyecto, y proponer contramedidas y medidas de prevención de la contaminación.

La evaluación de impacto ambiental se refiere a la identificación, predicción y evaluación sistemática de los posibles impactos (consecuencias) en el medio ambiente después de la implementación de proyectos de construcción propuestos, planes de desarrollo regional y políticas nacionales. El propósito fundamental de la evaluación de impacto ambiental es fomentar la consideración de los factores ambientales en la planificación y la toma de decisiones, logrando en última instancia actividades humanas más compatibles con el medio ambiente.

El proceso de evaluación de impacto ambiental incluye una serie de pasos, que se llevan a cabo de forma secuencial. En el trabajo real, el proceso de trabajo de la evaluación del impacto ambiental puede ser diferente y el orden de cada paso también puede cambiar.

Un proceso de evaluación de impacto ambiental ideal debería poder cumplir las siguientes condiciones:

(1) Básicamente adaptarse a todos los proyectos que puedan tener un impacto significativo en el medio ambiente, y poder evaluar todos los posibles Identificar y evaluar los impactos significativos del proyecto, y (2) comparar varias alternativas (incluida la situación en la que el proyecto no se construye o el área no se desarrolla), tecnologías de gestión y medidas de mitigación;

(3) Producir una Declaración de Impacto Ambiental (EIS) clara para que tanto los expertos como los no expertos comprendan las características y la importancia de los posibles impactos;

(4) Incluir una amplia participación pública y una estricta revisión administrativa. procedimientos;

(5) Conclusiones oportunas y claras para proporcionar información para la toma de decisiones.

Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de la República Popular China

(Aprobada en la 30ª reunión del Comité Permanente del Noveno Congreso Nacional Popular el 28 de octubre de 2002)

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Contenido

Capítulo 1 Disposiciones Generales

Capítulo 2 Evaluación de Impacto Ambiental de la Planificación

Capítulo 3 Evaluación de Impacto Ambiental de los Proyectos de Construcción

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Capítulo 4 Responsabilidades Legales

Capítulo 5 Disposiciones Complementarias

Capítulo 1 Disposiciones Generales

Artículo 1 Para implementar el desarrollo sostenible estrategia, prevención Esta ley se promulga para promover el desarrollo coordinado de la economía, la sociedad y el medio ambiente debido a los impactos adversos al medio ambiente causados ​​por la ejecución de proyectos de planificación y construcción.

Artículo 2 El término "evaluación de impacto ambiental", tal como se utiliza en esta Ley, se refiere al análisis, predicción y evaluación de los posibles impactos ambientales causados ​​por la ejecución de proyectos de planificación y construcción, y a la propuesta de contramedidas y medidas para prevenir o mitigar impactos ambientales adversos, métodos y sistemas de seguimiento y seguimiento.

Artículo 3: Elaborar planes dentro del alcance estipulado en el artículo 9 de esta Ley, y construir proyectos amigables con el medio ambiente dentro del territorio de la República Popular China y otras áreas marítimas bajo la jurisdicción de la República Popular China. Los proyectos que puedan afectar el medio ambiente deberán realizar una evaluación de impacto ambiental de conformidad con esta Ley.

Artículo 4 La evaluación de impacto ambiental debe ser objetiva, abierta y justa, considerar de manera integral el posible impacto sobre los diversos factores ambientales y el ecosistema que constituyen después de la implementación del proyecto de planificación o construcción, y proporcionar una base científica para Toma de decisiones .

Artículo 5: El Estado alienta a las unidades relevantes, expertos y al público a participar en la evaluación de impacto ambiental de manera apropiada.

Artículo 6: El Estado fortalece la construcción de bases de datos básicas y sistemas de índices de evaluación para la evaluación del impacto ambiental, fomenta y apoya la investigación científica sobre métodos y especificaciones técnicas de evaluación del impacto ambiental, y establece la información necesaria sobre la evaluación del impacto ambiental** * sistema de intercambio y mejora del carácter científico de la evaluación del impacto ambiental.

El departamento administrativo de protección ambiental del Consejo de Estado, junto con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado, organizará el establecimiento y mejora de la base de datos básica y el sistema de índice de evaluación para la evaluación del impacto ambiental.

Capítulo 2 Evaluación del Impacto Ambiental de la Planificación

Artículo 7 Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado, los gobiernos populares locales en o por encima del nivel municipal distrital y sus departamentos pertinentes harán uso de la tierra Para los planes pertinentes, planes de construcción, desarrollo y utilización de regiones, cuencas fluviales y áreas marítimas, se organizarán evaluaciones de impacto ambiental durante el proceso de planificación y se prepararán capítulos o explicaciones sobre los impactos ambientales del plan. .

El capítulo o descripción de impacto ambiental del plan debe analizar, predecir y evaluar el posible impacto ambiental posterior a la implementación del plan, y proponer contramedidas y medidas para prevenir o mitigar impactos ambientales adversos como parte de El borrador del plan. Todas las partes se presentarán a la autoridad de aprobación de la planificación.

Si un anteproyecto no incluye un capítulo o explicación sobre impacto ambiental, la autoridad de homologación no lo aprobará.

Artículo 8 Los departamentos pertinentes del Consejo de Estado, los gobiernos populares locales a nivel de ciudad distrital o superior y sus departamentos pertinentes organizarán y organizarán la industria, la agricultura, la ganadería, la silvicultura, la energía, la conservación del agua, transporte y construcción urbana Para los planes especiales relacionados con el turismo y el desarrollo de recursos naturales (en adelante, planes especiales), antes de que el borrador del plan especial se presente para su revisión y aprobación, se organizará una evaluación de impacto ambiental y un estudio de impacto ambiental. El informe se presentará a la autoridad que examina y aprueba el plan especial.

Los planes rectores de entre los planes especiales enumerados en el párrafo anterior serán sometidos a evaluación de impacto ambiental de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de esta Ley.

Artículo 9 El alcance específico del plan de evaluación de impacto ambiental de conformidad con las disposiciones de los artículos 7 y 8 de esta Ley será estipulado por el departamento administrativo de protección ambiental del Consejo de Estado en conjunto con los departamentos pertinentes. del Consejo de Estado y presentado al Consejo de Estado para su aprobación.

Artículo 10 El informe de impacto ambiental de un plan especial incluirá el siguiente contenido:

(1) Análisis, predicción y evaluación del posible impacto sobre el medio ambiente causado por la ejecución de el plan;

(2) Contramedidas y medidas para prevenir o mitigar impactos ambientales adversos.

(3) Conclusiones de la evaluación de impacto ambiental;

Artículo 11 La autoridad que formule planes especiales deberá, antes de presentar el proyecto de plan para su aprobación, celebrar una reunión de demostración, una audiencia o tomar otras medidas que puedan causar impactos ambientales adversos e involucrar directamente los derechos ambientales públicos y otras formas de solicitar opiniones sobre el proyecto de informe de impacto ambiental a las unidades pertinentes, a los expertos y al público. Sin embargo, se hacen excepciones cuando las regulaciones estatales exigen la confidencialidad.

La agencia preparadora considerará seriamente las opiniones de las unidades relevantes, expertos y el público sobre el borrador del informe de impacto ambiental, y adjuntará una declaración sobre si las opiniones se adoptan o no en el informe de impacto ambiental presentado para revisar.

Artículo 12 Al presentar un proyecto de plan para su aprobación, la autoridad que prepare el plan especial deberá adjuntar un informe de impacto ambiental a la autoridad de examen y aprobación para su revisión, si no se adjunta el informe de impacto ambiental, el examen y; la autoridad de aprobación no lo aprobará.

Artículo 13. Antes de examinar y aprobar proyectos de planes especiales y tomar decisiones, los gobiernos populares a nivel de ciudad o por encima divididos en distritos primero convocarán a representantes de los departamentos pertinentes y expertos del departamento administrativo de protección ambiental u otros. departamentos designados por el gobierno popular. Formar un equipo de revisión para revisar el informe de impacto ambiental. El equipo de revisión deberá presentar opiniones de revisión por escrito.

Los expertos que participarán en el equipo de revisión especificado en el párrafo anterior se determinarán mediante selección aleatoria de la lista de expertos en profesiones relevantes en la base de datos de expertos establecida de acuerdo con las regulaciones del departamento administrativo de protección ambiental de el Consejo de Estado.

Para los planes especiales que son revisados ​​y aprobados por los departamentos pertinentes de los gobiernos populares a nivel provincial o superior, los métodos de revisión para los informes de impacto ambiental serán formulados por el departamento administrativo de protección ambiental del Consejo de Estado en conjuntamente con los departamentos pertinentes del Consejo de Estado.

Artículo 14 Al revisar y aprobar proyectos de planes especiales, los departamentos pertinentes de los gobiernos populares en o por encima del nivel de ciudad distrital o los gobiernos populares en o por encima del nivel provincial utilizarán las conclusiones y revisarán las opiniones del informe de impacto ambiental como base importante para la toma de decisiones.

Si las conclusiones y dictámenes de revisión del informe de impacto ambiental no se adoptan durante el proceso de revisión y aprobación, se deberá realizar una explicación y archivarla para referencia futura.

Artículo 15 Después de la implementación de un plan que tenga un impacto significativo en el medio ambiente, la autoridad preparadora organizará sin demora una evaluación de seguimiento del impacto ambiental e informará los resultados de la evaluación a la autoridad de aprobación si; Si se detecta cualquier impacto ambiental adverso evidente, se propondrán prontamente medidas de mejora.

Capítulo 3 Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos de Construcción

Artículo 16 El Estado implementará una gestión clasificada de la evaluación de impacto ambiental de proyectos de construcción con base en el grado de impacto del proyecto de construcción en la ambiente.

La unidad constructora deberá organizar la elaboración de informes de impacto ambiental, formularios de informe de impacto ambiental o cumplimentar formularios de registro de impacto ambiental (en adelante denominados colectivamente documentos de evaluación de impacto ambiental) de acuerdo con las siguientes disposiciones:

(1) Posibilidad Si causa un impacto ambiental importante, se deberá preparar un informe de impacto ambiental para realizar una evaluación integral del impacto ambiental.

(2) Si puede causar un impacto ambiental leve; , se elaborará un formulario de informe de impacto ambiental para realizar una evaluación integral del impacto ambiental causado. Análisis de impacto ambiental o evaluación especial.

(3) Si el impacto sobre el medio ambiente es muy pequeño y nulo; Si se requiere una evaluación, se deberá llenar un formulario de registro de impacto ambiental.

La lista de gestión de clasificación de la evaluación de impacto ambiental de los proyectos de construcción será formulada y publicada por el departamento administrativo de protección ambiental del Consejo de Estado.

Artículo 17 El informe de impacto ambiental de un proyecto de construcción incluirá el siguiente contenido:

(1) Descripción general del proyecto de construcción.

(2) Entorno; del proyecto de construcción Estado actual del medio ambiente;

(3) Análisis, predicción y evaluación del posible impacto del proyecto de construcción sobre el medio ambiente;

(4) Medidas de protección ambiental; del proyecto de construcción y su justificación técnica y económica

(5) Análisis de pérdidas y ganancias económicas del impacto ambiental de los proyectos de construcción

(6) Sugerencias para el seguimiento ambiental de la construcción; proyectos;

(7) Impacto ambiental Conclusión de la evaluación.

Los proyectos de construcción que impliquen conservación de suelo y agua también deben contar con un plan de conservación de suelo y agua revisado y aprobado por el departamento administrativo de agua.

El contenido y formato del formulario de informe de impacto ambiental y del formulario de registro de impacto ambiental serán formulados por el departamento administrativo de protección ambiental del Consejo de Estado.

Artículo 18 La evaluación de impacto ambiental de los proyectos de construcción deberá evitar duplicaciones con la evaluación de impacto ambiental prevista.

Como plan general de proyecto de construcción, la evaluación de impacto ambiental se realizará según el proyecto de construcción, y no se realizará la evaluación de impacto ambiental planificada.

Para proyectos de construcción específicos incluidos en planes que ya hayan realizado evaluación de impacto ambiental, la unidad de construcción puede simplificar el contenido de la evaluación de impacto ambiental.

Artículo 19: Las instituciones encargadas de proporcionar servicios técnicos para la evaluación del impacto ambiental de proyectos de construcción recibirán un certificado de calificación después de pasar la evaluación y revisión por parte del departamento administrativo de protección ambiental del Consejo de Estado. la calificación y evaluación especificadas en el certificado de calificación Alcance, prestar servicios de evaluación de impacto ambiental y ser responsable de las conclusiones de la evaluación. Las calificaciones y medidas de gestión de las instituciones que brindan servicios técnicos para la evaluación del impacto ambiental de proyectos de construcción serán formuladas por el departamento administrativo de protección ambiental del Consejo de Estado.

El departamento administrativo de protección ambiental del Consejo de Estado publicará una lista de instituciones que hayan obtenido certificados de calificación para brindar servicios técnicos para la evaluación del impacto ambiental de proyectos de construcción.

Las instituciones que brindan servicios técnicos para la evaluación de impacto ambiental de proyectos de construcción no tendrán ninguna relación de interés con el departamento administrativo de protección ambiental u otros departamentos de aprobación relevantes responsables de examinar y aprobar los documentos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de construcción.