Red de conocimientos turísticos - Pronóstico del tiempo - Me casé después de solicitar vivienda pública de alquiler. ¿Tengo que volver a aplicar?

Me casé después de solicitar vivienda pública de alquiler. ¿Tengo que volver a aplicar?

Análisis legal

La vivienda pública de alquiler se refiere a viviendas asequibles proporcionadas por el estado con apoyo de políticas y alquiladas por diversas entidades sociales a través de nuevas construcciones u otros medios, específicamente para grupos de ingresos bajos y medios. Es una parte importante del sistema nacional de seguridad de la vivienda. Los materiales de solicitud requeridos para vivienda pública de alquiler son los siguientes: 1. Solicitud escrita a mano por mí mismo 2. Original y fotocopia de la cédula de identidad del solicitante y del solicitante (generalmente incluyendo familiares o copropietarios), y el original y fotocopia del documento de identidad; el solicitante y el libro de registro de domicilio del solicitante. Tercero: Acta de matrimonio, original y copia del acta de matrimonio de quien contrae nupcias por primera vez. Cuarto: Comprobante de ingresos del solicitante y del mismo solicitante, incluyendo 1. Personal de la unidad de trabajo. Comprobante de ingresos laborales, datos de libreta de sueldos de diciembre, extracto bancario. 2. Personal de empleo flexible, certificado de empleador. 3. Para personas desempleadas, una declaración escrita suya, un certificado del representante residente de Mentoulou y una verificación y sello de la calle de la comunidad donde vive. Quinto: Certificado de propiedad inmobiliaria. 1. Acreditación de la naturaleza del registro del hogar. 2. La familia o persona que alquila la vivienda y el certificado de registro de la vivienda. Los anteriores son algunos materiales básicos para solicitar viviendas de alquiler públicas. Para materiales específicos, debe acudir al departamento de gestión de viviendas de alquiler públicas de cada localidad para realizar consultas detalladas.

Base Legal

Artículo 31 de las “Medidas para la Administración de la Vivienda Pública de Alquiler” Si el arrendatario concurre alguna de las siguientes circunstancias deberá desalojar la vivienda pública de alquiler: (1 ) Solicitar renovación de contrato de arrendamiento Sin embargo, no cumple con las condiciones para la renovación de contrato de arrendamiento al momento de la revisión; (2) Otras viviendas adquiridas mediante compra, donación, herencia, etc. durante el período de arrendamiento. Ya no cumple con las condiciones para la asignación de viviendas públicas de alquiler; (3) Arrendar o hacerse cargo de otras viviendas asequibles durante el período de arrendamiento; Si el inquilino tiene una de las circunstancias especificadas en el párrafo anterior, el propietario de la vivienda pública de alquiler o la unidad operativa encomendada por él acordará un período de reubicación razonable para él, y el alquiler durante el período de reubicación se pagará de acuerdo con el monto del alquiler. estipulado en el contrato. Si el arrendatario no ha desalojado la vivienda pública de alquiler al vencimiento del plazo de reubicación y no tiene otra vivienda, el alquiler se pagará al precio de mercado si el arrendatario tiene otra vivienda, el propietario de la vivienda pública de alquiler o; la unidad operativa confiada por él puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular, exigiendo a los inquilinos que abandonen las viviendas públicas de alquiler.