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¿Se puede reducir o eximir el alquiler durante la epidemia?

Durante la epidemia, las reducciones y exenciones de alquileres en algunas provincias y ciudades se determinaron en función de las políticas locales y los deseos personales del arrendador. Las empresas y los hogares industriales y comerciales individuales que alquilan edificios comerciales de propiedad estatal a nivel municipal o inferior pueden estar exentos del pago del alquiler durante un mes para alquilar otros locales comerciales; se anima a los propietarios privados a reducir el alquiler para los inquilinos, pero no es obligatorio; requisito.

Puede presentar una solicitud, pero si se puede reducir o reducir depende de la situación real. La reducción y exención del alquiler durante el período epidémico se basa principalmente en las disposiciones del Código Civil de mi país. La fuerza mayor se refiere a circunstancias objetivas que no pueden preverse, evitarse y superarse. La "epidemia" en sí misma es una típica fuerza mayor, pero debe aplicarse con flexibilidad en casos individuales en función de factores como la magnitud del impacto y la causalidad. Respecto a este punto, la Corte Suprema tenía orientaciones claras ya en 2003 durante la epidemia de SARS, y no las repetiré aquí.

Por tanto, en determinadas condiciones, el arrendatario podrá solicitar la reducción o exención del alquiler de conformidad con el artículo 590 del Código Civil. No hay duda de que la epidemia es de fuerza mayor, pero si afectará el cumplimiento real del contrato de arrendamiento requiere un análisis detallado basado en la situación real. Si el gobierno no fuerza el cierre, pero la empresa sí se ve afectada por la epidemia, la continuidad del funcionamiento puede provocar que se reúnan multitudes y la epidemia se propague, lo que obviamente es perjudicial para los inquilinos, como bares, salones de baile, restaurantes, etc. , en este caso, el arrendatario opta por no seguir utilizando la vivienda arrendada, pudiendo el arrendatario también solicitar una reducción parcial del alquiler en base al principio de equidad o al cambio de circunstancias. ¿Cuáles son las condiciones para la reducción o exención del alquiler durante la epidemia?

Durante la epidemia, las empresas de alquiler de viviendas deben cumplir eficazmente con sus responsabilidades sociales, mantener niveles estables de alquiler de viviendas y eliminar actividades ilegales como el aumento abusivo de precios y los precios poco claros. Al mismo tiempo, ambas partes del contrato de arrendamiento deben negociar sobre una base justa, voluntaria y legal. Si la empresa de arrendamiento de viviendas y el arrendador no llegan a un acuerdo sobre la reducción del alquiler, no dejarán de pagar unilateralmente el alquiler al arrendador; si llegan a un acuerdo mediante negociación, la empresa de arrendamiento de viviendas beneficiará a todos los inquilinos de la reducción y reducción del alquiler del arrendador. , y reflejarlo directamente en el alquiler a pagar por el inquilino medio. Entonces, bajo la epidemia, tanto los propietarios como los inquilinos son víctimas. Sobre la base de la justicia, la voluntariedad y la legalidad, negociar la reducción y exención del alquiler y esforzarnos por dar un paso atrás y superar las dificultades juntos.

Base jurídica: artículo 2 de los "Dictamenes orientativos sobre la respuesta a la nueva epidemia de neumonía de la Corona y la ayuda adicional a las pequeñas y microempresas y a los hogares industriales y comerciales individuales en la industria de servicios para aliviar la presión sobre el alquiler de viviendas".

Para las pequeñas y microempresas y los hogares industriales y comerciales individuales en la industria de servicios que tienen dificultades operativas, el arrendamiento de casas de propiedad estatal (incluidas casas de empresas de propiedad estatal e instituciones administrativas como departamentos gubernamentales, universidades e institutos de investigación científica, los mismos a continuación) se promoverán en el primer semestre del año condonación de 3 meses de alquiler de vivienda. Subarrendar o subarrendar viviendas de propiedad estatal para garantizar que los beneficios de la vivienda gratuita recaigan en última instancia en el arrendatario. Para quienes alquilan viviendas estatales propiedad del gobierno central (incluidas viviendas estatales propiedad de departamentos pertinentes, empresas centrales, universidades centrales e institutos de investigación científica), la política de apoyo al alquiler de viviendas para pequeñas y microempresas y empresas industriales y particulares Se implementarán hogares comerciales que tengan dificultades para operar en el lugar donde se ubica la vivienda. Si la reducción del alquiler afecta el desempeño de las empresas e instituciones estatales, se determinará en función de la situación real durante la evaluación. Para las pequeñas y microempresas y los hogares industriales y comerciales individuales que tienen dificultades para alquilar casas que no son de propiedad estatal, se alienta al arrendador a reducir o retrasar el alquiler de la casa sobre la base de una negociación equitativa entre las dos partes y considerar el costo real. dificultades del arrendatario.