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¿Quién posee los derechos de autor de las obras televisivas?

Productores, los derechos de autor sobre las obras cinematográficas y televisivas lo disfrutan los productores, guionistas, directores, fotógrafos, letristas, compositores, etc. El derecho a la autoría y el derecho a ser remunerado de acuerdo con el contrato firmado con el productor. Salvo prueba en contrario, el autor será el ciudadano, persona jurídica u otra organización firmante.

¿Qué incluyen los derechos de autor?

1. El derecho de publicación, es decir, el derecho a decidir si la obra se hace pública.

2. El derecho de firma, es decir, el derecho a indicar el nombre; identidad del autor y firmar la obra;

3. El derecho a modificar, es decir, el derecho a modificar o autorizar a otros a modificar la obra;

4. proteger la integridad de la obra, es decir, el derecho a proteger la obra contra distorsiones o alteraciones;

5. El derecho a reproducir se refiere al derecho a hacer una o más copias de una obra mediante impresión, copiar, frotar, grabar, grabar en vídeo, copiar, etc.

6. Derechos de distribución, es decir, el derecho a proporcionar originales o copias de obras al público vendiéndolas o donándolas.

7. otros para utilizar obras cinematográficas y los derechos sobre obras y programas informáticos creados por métodos similares a la realización cinematográfica, excepto que los programas informáticos no sean el objeto principal del arrendamiento

8. exhibir públicamente los originales de obras artísticas y fotográficas o el derecho a realizar copias

9. formas;

10. Deben ser disfrutados por el propietario de los derechos de autor Otros derechos.

Base jurídica:

Ley de Derecho de Autor de la República Popular China

Artículo 17 Los derechos de autor de películas y series de televisión sobre obras audiovisuales son disfrutados por el productor, sino el guionista. Los autores como directores, directores de fotografía, letristas y compositores tienen derecho a firmar y reciben una remuneración según el contrato firmado con el productor.

La propiedad de los derechos de autor de las obras audiovisuales distintas de las señaladas en el párrafo anterior será pactada por las partes, si no hay acuerdo o el acuerdo no es claro, será propiedad del productor, pero no del autor; gozará del derecho de firma y del derecho a recibir una remuneración.

Los autores de guiones, música y otras obras que puedan ser utilizados de forma independiente en obras audiovisuales tienen derecho a ejercer sus derechos de autor de forma independiente.