Personas naturales y personas físicas en acciones
2. Una persona física es aquella que existe en base al fenómeno natural del nacimiento. Puede entenderse como la "persona" que expresamos verbalmente.
3. Ciudadanos en realidad se refiere a personas que tienen la nacionalidad de un determinado país.
Como sujeto de las relaciones jurídicas civiles, las personas jurídicas son simétricas a las personas naturales y tienen características diferentes: En primer lugar, las personas jurídicas son la personificación jurídica de las organizaciones sociales y son "personas" en el sentido jurídico, no real. personas, la vida, nace y muere según la ley. Una persona física es una persona que nace y vive sobre la base de la ley natural. Una persona física con la nacionalidad de un país se llama ciudadano de ese país. El nacimiento, vejez, enfermedad y muerte de las personas físicas se realizan conforme a las leyes de la naturaleza y tienen atributos naturales, mientras que las personas jurídicas no tienen tales atributos. En segundo lugar, aunque tanto las personas jurídicas como las personas físicas son sujetos civiles, las personas jurídicas son sujetos civiles colectivos, es decir, las personas jurídicas son un conjunto de algunas personas físicas. Por ejemplo, las leyes de sociedades de la mayoría de los países (incluida China) estipulan que una persona jurídica corporativa debe estar compuesta por más de dos accionistas. Por el contrario, las personas físicas se consideran sujetos civiles. En tercer lugar, la capacidad de derechos civiles y la capacidad de conducta civil de las personas jurídicas también son diferentes de las de las personas físicas. Según el artículo 37 de los Principios Generales del Derecho Civil, una persona jurídica debe cumplir cuatro condiciones al mismo tiempo, y ninguna de ellas es indispensable.
(1) Constituida conforme a la ley. Es decir, la persona jurídica debe ser una organización social reconocida por el Estado. En nuestro país existen dos formas principales de constituir personas jurídicas: una es constituirse conforme a leyes y reglamentos o aprobación administrativa. Por ejemplo, las instituciones públicas y las personas jurídicas generalmente se establecen mediante leyes, reglamentos o aprobación administrativa. En segundo lugar, se establece tras la aprobación y el registro. Como empresas industriales y comerciales, empresas, etc. , aprobada y registrada por el departamento de administración industrial y comercial, y se convirtió en una empresa persona jurídica.
(2) Disponer de bienes y fondos necesarios. Una persona jurídica debe tener propiedad independiente como base material para su participación independiente en actividades civiles. Propiedad independiente significa que una persona jurídica disfruta de derechos de propiedad o gestión sobre la propiedad dentro de un ámbito específico y puede controlarla independientemente según su propia voluntad, excluyendo al mismo tiempo la intervención administrativa externa en la propiedad de la persona jurídica.
(3) Tener nombre propio, estructura organizativa y ubicación. El nombre de una persona jurídica es un símbolo que la distingue de otras organizaciones sociales. El nombre debe poder indicar los objetos y afiliaciones de las actividades de la persona jurídica. Después del registro de un nombre, la persona jurídica disfruta de derechos exclusivos. La organización de una persona jurídica es la organización que se ocupa de todos los asuntos de la persona jurídica. Se denomina órgano de persona jurídica y está formado por personas físicas. El local de una persona jurídica se refiere a un lugar fijo donde se llevan a cabo actividades productivas, comerciales o sociales. La oficina principal de una persona jurídica está ubicada en su domicilio.
(4) Capacidad para asumir de forma independiente la responsabilidad civil. Se refiere a personas jurídicas que asumen plena responsabilidad jurídica por las consecuencias jurídicas de sus propias acciones civiles. A menos que la ley disponga lo contrario, los miembros y otras organizaciones de una persona jurídica no son responsables de las deudas de la persona jurídica y, de manera similar, una persona jurídica no es responsable de las deudas distintas a las suyas.
De acuerdo con lo establecido en los “Principios Generales del Derecho Civil”, existen en nuestro país cuatro tipos de personas jurídicas: personas jurídicas de institución pública, personas jurídicas de institución pública, personas jurídicas de empresa y personas jurídicas de empresa.