Bolsa de valores, 7 sobre 10 IVA incluido.
Acerca del impuesto a los dividendos:
El impuesto sobre la renta de los dividendos pertenece a la categoría del impuesto sobre la renta de las personas físicas.
A partir de octubre de 2013 se aplicarán políticas diferenciadas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para los ingresos por dividendos de las empresas cotizadas obtenidos por personas físicas en el mercado público de emisiones y transferencias según el periodo de tenencia.
En este ajuste de política, la carga fiscal sobre los dividendos distribuidos por inversores individuales varía según la duración del período de tenencia. Si las acciones se mantienen durante más de un año, la carga fiscal se reducirá a la mitad en comparación con antes de que se implementara la política. En otras palabras, cuanto más largo sea el período de tenencia, menor será la carga tributaria.
Antes de la implementación de la política, la carga del impuesto sobre la renta personal sobre los dividendos de las empresas cotizadas era del 10%. Después de la implementación de esta política, la carga fiscal real sobre los ingresos por dividendos se determinará en función de la duración del período de tenencia. Para quienes poseen acciones durante más de un año, la carga fiscal es del 5%, que es la mitad menos que antes de que se implementara la política, para quienes poseen acciones durante un mes a un año, la carga fiscal es del 10%, que se mantiene; lo mismo que antes de que se implementara la política; para quienes posean acciones por menos de un mes, si la carga tributaria es del 20%, se restituirá a la carga tributaria legal. Por lo tanto, cuanto más tiempo un inversor individual posea acciones, menor será la carga del impuesto sobre la renta personal sobre los dividendos.