Red de conocimientos turísticos - Problemas de alquiler - ¿Puede el empleador pagar la seguridad social de los empleados?

¿Puede el empleador pagar la seguridad social de los empleados?

Análisis jurídico: La tarifa la paga la unidad, es decir, la unidad y el individuo pagan conjuntamente.

1. La parte de pago unitario y la parte de pago individual se pagan según una determinada proporción basada en el salario mensual promedio del individuo en el año anterior.

2. Para los individuos, el 8% del salario medio del año anterior se paga por el seguro de pensiones, el 2% por el seguro médico y entre el 0,5% y el 1% por el seguro de desempleo.

Base jurídica: Derecho Laboral de la República Popular China.

Artículo 73 Los trabajadores disfrutarán de las prestaciones del seguro social de conformidad con la ley en las siguientes circunstancias:

(1) Jubilación;

(2) Enfermedad;

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(3) Estar incapacitado o padecer enfermedades profesionales debido al trabajo

(4) Desempleo

(5) Rodamientos;

Después del fallecimiento de un empleado, sus supervivientes disfrutarán de las prestaciones de supervivencia de conformidad con la ley.

Las condiciones y estándares para que los trabajadores disfruten de los beneficios del seguro social están estipulados por leyes y reglamentos.

Las primas del seguro social de las que disfrutan los trabajadores deben pagarse íntegramente y a tiempo.

Artículo 74 Los organismos gestores de fondos de seguro social administrarán y operarán los fondos de seguro social de conformidad con la ley y serán responsables de mantener y aumentar el valor de los fondos de seguro social.

Los organismos de supervisión de los fondos del seguro social supervisan los ingresos y gastos, la gestión y el funcionamiento de los fondos del seguro social de conformidad con la ley.

El establecimiento y las responsabilidades de las agencias gestoras de fondos de seguro social y de las agencias de supervisión de fondos de seguro social estarán prescritos por la ley.

Ninguna organización o individuo puede apropiarse indebidamente de fondos del seguro social.

Artículo 75: El Estado alienta a los empleadores a establecer seguros complementarios para los trabajadores en función de las condiciones reales.

El Estado anima a los trabajadores individuales a participar en seguros de ahorro.