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Tratamiento fiscal del alquiler de inmuebles propios
Si alquilas propiedades propias, deberás confirmar los impuestos y tasas correspondientes según la naturaleza del arrendador. Por ejemplo, se aplica un tipo impositivo de pequeña escala del 5%, mientras que uno general. El contribuyente aplica una tasa de impuesto al valor agregado del 9%. Además, si alquila una propiedad, también implicará impuesto a la propiedad, recargo por educación, recargo por educación local, impuesto de timbre, impuesto sobre la renta de sociedades, etc. Si lo alquila un particular, habrá IRPF, etc. Los impuestos correspondientes deben confirmarse en función de la situación real.