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¿Cuáles son los objetos de derechos de autor?

Análisis jurídico: El objeto del derecho de autor se refiere al objeto protegido por la ley de derechos de autor y es también el objeto al que se dirigen los derechos y obligaciones del sujeto del derecho de autor. Incluyendo las siguientes obras:

1. Obras escritas: Las obras escritas se refieren a obras que expresan los sentimientos y pensamientos del autor en forma de lenguaje u otros símbolos equivalentes al lenguaje.

Obras orales: Las obras orales se refieren a obras creadas en lenguaje hablado y no fijadas en ningún soporte material, como discursos, conferencias, debates judiciales, conferencias, sermones, etc.

3. Obras de música, teatro, arte popular, danza, acrobacia...

4. Las obras de arte se refieren a obras compuestas por líneas, colores o otras formas, Una obra de arte plástico bidimensional o tridimensional con significado estético.

5. Obras fotográficas: Las obras fotográficas se refieren a obras artísticas que utilizan equipos fotográficos y aplican racionalmente principios ópticos y químicos para reproducir la imagen de objetos objetivos sobre materiales fotosensibles.

6. Películas y obras creadas utilizando métodos similares a la producción cinematográfica.

7. Diseño de ingeniería, dibujos de diseño de productos, mapas, esquemas y otros trabajos gráficos y de maquetas.

8. Software informático: El software informático se refiere a programas informáticos y documentos relacionados.

Otras obras previstas por las leyes y reglamentos administrativos.

Base jurídica: “Ley de Derecho de Autor de la República Popular China”

Artículo 3 Las obras a que se refiere esta ley se refieren a obras originales en los campos de la literatura, el arte y la ciencia que se puede reproducir en una determinada forma. Los logros intelectuales expresados ​​incluyen:

(1) Obras escritas;

(2) Obras orales;

(3) Música, teatro, arte popular y danza, obras acrobáticas;

(4) obras de arte y arquitectura;

(5) obras fotográficas;

(6) audio -trabajos visuales;

(7) Dibujos de diseño de ingeniería, dibujos de diseño de productos, mapas, diagramas esquemáticos y otros trabajos gráficos y modelos;

(8) Software informático;

(9) Otras obras acordes con las características de la obra y logros intelectuales.

Artículo 4 Los titulares de derechos de autor y los titulares de derechos relacionados con los derechos de autor no violarán la Constitución y las leyes ni dañarán los intereses públicos al ejercer sus derechos. El Estado supervisa y gestiona la publicación y difusión de las obras de conformidad con la ley.