¿Se pueden hipotecar las acciones?
Análisis jurídico: Las acciones se pueden pignorar. Se pueden pignorar los siguientes derechos de los que el deudor o un tercero tiene derecho a disponer: (1) letras de cambio, pagarés y cheques (2) bonos y recibos de depósito (3) recibos de almacén y conocimientos de embarque; (4) acciones de fondos transferibles, capital; (5) derechos de propiedad transferibles sobre derechos de propiedad intelectual, como derechos de marcas registradas, derechos de patente, derechos de autor, etc. (6) cuentas por cobrar existentes y futuras; estipulado por leyes y reglamentos administrativos otros derechos de propiedad.
Base jurídica: “La República Popular China y el Código Civil” Artículo 440 Podrán pignorarse los siguientes derechos que el deudor o un tercero tiene derecho a disponer: (1) Letras de cambio, pagarés y cheques; (2) bonos y certificados de depósito; (3) recibos de almacén y conocimientos de embarque; (4) acciones y acciones de fondos transferibles; (5) derechos de propiedad transferibles sobre derechos de propiedad intelectual, como derechos de marcas registradas y patentes; derechos, derechos de autor, etc.; (6) Cuentas por cobrar existentes y futuras (7) Otros derechos de propiedad que pueden pignorarse de acuerdo con las leyes y regulaciones administrativas;