Red de conocimientos turísticos - Problemas de alquiler - En el caso de arbitraje sobre el Mar de China Meridional presentado por Filipinas, el tribunal arbitral confirmó que tenía jurisdicción sobre 7 de las 15 solicitudes. ¿Cuáles son las 15 solicitudes realizadas por Filipinas? Confirma cual

En el caso de arbitraje sobre el Mar de China Meridional presentado por Filipinas, el tribunal arbitral confirmó que tenía jurisdicción sobre 7 de las 15 solicitudes. ¿Cuáles son las 15 solicitudes realizadas por Filipinas? Confirma cual

Filipinas *** presentó 15 solicitudes de arbitraje, solicitando al tribunal arbitral que dictaminara:

(1) Los derechos marítimos de China en el Mar de China Meridional, al igual que Filipinas, no pueden exceder el Océano de las Naciones Unidas dentro del alcance permitido por la Convención;

(2) Los reclamos de soberanía, jurisdicción y “derechos históricos” de China sobre el Mar Meridional de China dentro de la “línea de nueve trazos” son contrarios a la Convención Estos El reclamo no tiene efecto legal en la medida en que exceda las limitaciones geográficas y físicas de los derechos marítimos de China permitidos por la Convención;

(3) Scarborough Shoal no puede generar una zona económica exclusiva o plataforma continental;

(4) Mischief Reef, Second Thomas Shoal y Subi Reef son tierras altas de marea baja que no pueden generar aguas territoriales, zonas económicas exclusivas o plataformas continentales, y son terrenos que no pueden adquirirse mediante preferencia u otros medios;

(5 ) Mischief Reef y Second Thomas Shoal son parte de la zona económica exclusiva y la plataforma continental de Filipinas;

(6) Gaven Reef y Simon Reef (incluido Dongmen Reef) son tierras altas de marea baja y no pueden crear aguas territoriales y zonas económicas exclusivas o la plataforma continental, pero sus líneas de marea baja pueden usarse como líneas de base para medir el ancho del mar territorial de la isla Hongxiu y la isla Jinghong respectivamente;

(7) Chigua Reef, Huayang Reef y Fiery Cross Reef no pueden producir una zona económica exclusiva o plataforma continental;

(8) China ha interferido ilegalmente con el disfrute y ejercicio de los derechos soberanos de Filipinas sobre la vida y recursos no vivos en su zona económica exclusiva y plataforma continental;

(9 ) China ha fallado ilegalmente en impedir que sus nacionales y buques exploten recursos biológicos dentro de la zona económica exclusiva de Filipinas;

(10) Al interferir con sus actividades pesqueras tradicionales en Scarborough Shoal, China ha impedido ilegalmente que los pescadores filipinos busquen un medio de vida;

(11) China ha violado sus obligaciones bajo la Convención de proteger y preservar la ambiente marino en Scarborough Shoal y Second Thomas Shoal;

(12) Ocupación de Mischief Reef y actividades de construcción por parte de China: viola las disposiciones de la Convención sobre islas, instalaciones y estructuras artificiales. Viola las obligaciones de China en virtud de la Convención; proteger y preservar el medio marino; constituye un acto ilegal que viola las disposiciones de la Convención e intenta apropiarse de él para su propio uso.

(13) China violó sus obligaciones bajo la Convención al operar peligrosamente su ley; buques encargados de hacer cumplir la ley, lo que representa un grave riesgo de colisión para los buques filipinos que navegan cerca de Scarborough Shoal;

(14) Desde que comenzó el arbitraje en enero de 2013, China ha intensificado y ampliado ilegalmente la disputa, incluyendo: interferir con Filipinas ' derechos de navegación en Second Thomas Shoal y sus aguas adyacentes; impedir la rotación y reabastecimiento del personal filipino estacionado en Second Thomas Shoal y poner en peligro a Filipinas la salud y el bienestar del personal estacionado en Ren'ai Reef;

(15) China debería poner fin a nuevas reclamaciones y actividades ilegales.

El tribunal arbitral tiene jurisdicción sobre 3, 4, 6, 7, 10, 11 y 13 de las 15 solicitudes de arbitraje presentadas por Filipinas, y se reservará otras solicitudes para su consideración hasta que se consideren las cuestiones de fondo. .