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¿Es el jefe culpable de evasión fiscal?

Análisis jurídico: Según las leyes pertinentes de nuestro país, el patrón es culpable de evasión fiscal. Si los funcionarios de finanzas no estuvieran involucrados, no habría sentencia. Si el personal financiero ayuda a realizar cuentas falsas, se puede juzgar como * * *. Si la evasión fiscal no constituye delito, la empresa será responsable de sanciones administrativas; si constituye delito, el responsable y demás responsables directos de la empresa serán penalmente responsables de conformidad con la ley; Si el personal financiero no quiere utilizar facturas falsas y es coaccionado por el jefe, es cómplice de la coerción. Una persona que sea obligada a participar en un delito recibirá una pena reducida o quedará exenta de pena en función de las circunstancias de su delito. Este delito se refiere al comportamiento del contribuyente de realizar deliberadamente declaraciones de impuestos falsas con el propósito de posesión ilegal o utilizar engaño, encubrimiento y otros medios para no presentar declaraciones de impuestos, y la falta de pago o pago insuficiente del impuesto recaudado por parte del agente retenedor. significa conductas que impliquen más del 10% del impuesto a pagar.

Base jurídica: “Derecho Penal de la República Popular China”

Artículo 25* * *El concepto de culpabilidad* *Principado se refiere a un delito cometido intencionalmente por dos o más personas . Si dos o más personas cometen un delito culposo, no serán castigadas como delito culposo, si tuvieran responsabilidad penal, serán castigadas según el delito que cometieron;

Artículo 201: Los contribuyentes que cometan el delito de evasión fiscal realicen declaraciones falsas o utilicen métodos de engaño o encubrimiento para no presentar declaraciones, y evadan el pago de impuestos en una cantidad relativamente importante, que represente el 10% del el impuesto a pagar si el monto supera los 10 años, la persona será condenada a pena de prisión de duración determinada no superior a tres años o a prisión penal, y también se le impondrá una multa si el importe es elevado y represente más del 30% del impuesto; el impuesto a pagar, será sancionado con pena privativa de libertad no menor de tres años ni mayor de siete años, y también multa. Si el agente retenedor utiliza los medios enumerados en el párrafo anterior para no pagar o pagar de menos los impuestos retenidos y remitidos, cobrados y remitidos, y el monto es relativamente elevado, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. Si los actos de los dos primeros párrafos se cometen varias veces sin ser sancionados, se calculará el importe acumulativo.