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¿Qué significan los warrants en el mercado de valores?

Un warrant es una opción de compra emitida por una sociedad anónima para suscribir sus acciones. Otorga al titular el derecho de comprar determinadas acciones de la empresa emisora ​​a un precio previamente acordado dentro de un período de tiempo determinado. Para las empresas financieras, la emisión de warrants es un método de financiación especial.

El warrant en sí contiene términos de opción. Antes de suscribir las acciones, el titular no tiene deuda ni capital en la empresa emisora, sino sólo el derecho a suscribir las acciones. No obstante, la empresa emisora ​​puede recaudar efectivo mediante la emisión de warrants, que también pueden utilizarse como forma de compensación para los suscriptores cuando se forma la empresa.

Según la entidad emisora, los warrants se dividen en dos tipos: warrants sobre acciones y warrants cubiertos. Los warrants sobre acciones son warrants en sentido estricto y son emitidos por empresas que cotizan en bolsa. Los warrants cubiertos son warrants amplios, que son emitidos por terceros distintos de las sociedades cotizadas (generalmente sociedades de valores, bancos, etc.) y no aumentan el capital social de la sociedad anónima.

En un sentido amplio, los warrants suelen referirse a un tipo de valores emitidos por el emisor con condiciones específicas adjuntas. Desde una perspectiva legal, los warrants son esencialmente un contrato de derechos. Después de pagar la prima para comprar los warrants, los inversores tienen derecho a suscribir o vender a un precio acordado (precio de ejercicio) durante un período o fecha de vencimiento específico. activos subyacentes (como acciones, índices bursátiles, oro, divisas o materias primas, etc.). La negociación de warrants es en realidad una especie de negociación de opciones. Como todas las opciones, lo que el titular de la garantía obtiene después de pagar la prima es un derecho, no una obligación. El titular de la garantía decide si ejercerlo o no y el emisor de la garantía ejecutará el contrato cuando el titular de la garantía se proponga hacerlo; el contrato de conformidad con la normativa. Existe la obligación de prestar el cumplimiento cuando se le solicita y no puede ser rechazado. En resumen, un warrant es un derecho: los inversores pueden suscribir o vender el activo subyacente del warrant a un precio acordado (independientemente del precio de mercado del activo subyacente) durante un período o fecha de vencimiento acordados.