El accionista murió repentinamente. ¿Dónde están sus acciones?
La definición de acciones:
Las acciones son parte de la propiedad de una sociedad anónima y también son certificados de propiedad emitidos por la sociedad anónima. Es una especie de valores emitidos por una sociedad anónima a varios accionistas como certificado de participación para la obtención de dividendos y dividendos. Las acciones son instrumentos de crédito a largo plazo en el mercado de capitales y pueden transferirse y negociarse. Con él, los accionistas pueden compartir las ganancias de la empresa, pero también deben asumir los riesgos causados por los errores comerciales de la empresa. Cada acción representa la propiedad de un accionista sobre una unidad fundamental del negocio. Cada empresa pública emite acciones.
¿Qué pasa con el efectivo en la cuenta del accionista?
Si hay efectivo en la cuenta del accionista, el dinero permanecerá en la cuenta del accionista siempre que no se transfiera fuera de el banco.
Pero debe quedar claro que el efectivo en la cuenta del accionista genera intereses, y este dinero también se liquidará según los depósitos bancarios a la vista, una vez por trimestre.
Introducción a la herencia patrimonial:
Se refiere al sistema en el que tras la muerte de un accionista persona física, su heredero legal hereda las calificaciones de accionista y ejerce los derechos de accionista.
El artículo 75 de la nueva "Ley de Sociedades" revisada del 5 de junio al 27 de octubre de 2005 estipula claramente la herencia patrimonial.
Esta cláusula incluye dos significados:
1. Después de la muerte de un accionista persona física, sus herederos legales pueden heredar las cualidades del accionista, no sólo los derechos de propiedad.
2. Los estatutos de la sociedad podrán establecer disposiciones especiales sobre la herencia patrimonial, con exclusión de la herencia natural de los títulos de los accionistas.
No existen obstáculos para la herencia participativa para una sociedad anónima debido a su combinación de capital. Es por esto que la legislación de sociedades de nuestro país sólo estipula la herencia participativa en el capítulo de una sociedad de responsabilidad limitada, pero no en una. sociedad anónima.