¿Es legal renunciar voluntariamente a un convenio de seguridad social?
1. Debido a que el seguro social es obligatorio por parte del estado, es obligación legal del empleador proporcionar seguro social a los empleados. Si el pago no se realiza conforme a la reglamentación:
(1) El trabajador tiene derecho a rescindir el contrato de trabajo, y el empleador deberá pagar una compensación económica;
(2) El el empleado tiene derecho a aprovechar la falta de pago del empleador. El empleador debe compensar al empleador por la pérdida debida a la incapacidad de la agencia de seguro social para compensar los procedimientos del seguro social, lo que resulta en la imposibilidad de disfrutar de los beneficios del seguro social;
(3) Sanciones administrativas impuestas por la entidad de seguridad social al empleador:
2. Ni el empleador ni el trabajador pueden disponer a voluntad de este derecho y obligación. el empleado firmó voluntariamente con el empleador para renunciar a participar en el seguro social viola la ley y es inválido;
3 Como acuerdo inválido, no tiene fuerza legal vinculante ni para el empleado ni para el empleador.
Base jurídica: Artículo 86 de la “Ley de Seguro Social de la República Popular China”.
Si el empleador no paga las primas del seguro social en su totalidad y a tiempo, la agencia de recaudación de primas del seguro social le ordenará que pague dentro de un plazo o recupere el monto, y se le aplicará una multa por pago atrasado del 0,05. % se cobrará diariamente a partir de la fecha del incumplimiento. Si el pago no se realiza dentro del plazo, el departamento administrativo correspondiente impondrá una multa no inferior a una vez pero no superior a tres veces el monto adeudado.
Artículo 88
Quien obtenga beneficios del seguro social mediante fraude, materiales de certificación falsificados u otros medios, será ordenado por el departamento administrativo del seguro social a devolver los beneficios del seguro social obtenidos mediante fraude y deberá será multado con una multa no inferior al doble ni superior al quíntuplo del importe.