¿Qué significa rechazar?

Rechazar significa no aceptar o estar de acuerdo. En el proceso judicial, la desestimación se refiere a la respuesta del tribunal de que la solicitud hecha por el litigante es irrazonable y no será atendida. Los detalles son los siguientes:

1. el tribunal recibe la acusación del demandante, el caso fue presentado para revisión de acuerdo con la ley y se determinó que el demandante no tenía derecho a demandar, y se dictaminó su sobreseimiento de acuerdo con los procedimientos legales; 2. El rechazo de una solicitud de demanda se refiere a la respuesta del tribunal popular a la solicitud de demanda del demandante o a la reconvención y solicitud independiente del demandado. Después de que las reclamaciones de litigio presentadas por el tercero con derechos se presenten para juicio o se consoliden para juicio, la sentencia no sustentará la totalidad o parte de las reclamaciones litigiosas y de las reclamaciones de los sujetos litigiosos antes mencionados de conformidad con las disposiciones de la ley. Las consecuencias jurídicas de los dos son diferentes. Una vez que la sentencia de desestimación de la demanda entra en vigor legalmente, si el demandante vuelve a demandar, si se cumplen las condiciones para el procesamiento, el Tribunal Popular aceptará el caso después de que se emita la sentencia desestimando el litigio; En efecto, el sujeto de la demanda no puede reclamar la misma demanda. Si las partes aún insisten en presentar una demanda ante el Tribunal Popular, el Tribunal Popular decidirá no aceptar el caso de conformidad con la ley.

Base jurídica: Artículo 43 de la "Ley de Procedimiento Civil de la República Popular China"

Durante el proceso del juicio, el Tribunal Popular determinó que el caso no era adecuado para un solo juez se sentará solo. Si se juzga la causa, se dictará su traslado a la sala colegiada para su juicio.

Si las partes creen que es ilegal que un solo juez conozca un caso, pueden presentar objeciones al Tribunal Popular. El tribunal popular revisará la objeción planteada por las partes, si la objeción es fundada, resolverá ser oída por la sala colegiada; si la objeción no es fundada, resolverá desestimarla;