Reglas detalladas de implementación del programa piloto de administración de divisas para el comercio de bienes Capítulo 2 Revisión de los ingresos y gastos de divisas comerciales
(1) Pagos de exportación recuperados de áreas de supervisión aduanera nacionales y extranjeras y pagos de importación pagados a áreas de supervisión aduanera nacionales y extranjeras. áreas de supervisión;
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(2) Pagos de exportación recuperados de cuentas extraterritoriales y cuentas nacionales de instituciones extranjeras, y pagos de importaciones pagados a cuentas extraterritoriales y cuentas nacionales de instituciones extranjeras;
(3) Partidas remanentes de procesamiento profundo Ingresos y gastos internos bajo la partida;
(4) Recibos y pagos bajo el comercio de reexportación;
(5) Otros ingresos y gastos relacionados con el comercio.
Artículo 11 Las empresas declararán la información sobre cobros y pagos de divisas de conformidad con las disposiciones pertinentes de la "Declaración de Balanza de Pagos" y la "Declaración de Información Especial de Comercio de Recibos y Cancelaciones de Divisas", y completarán en la siguiente información de acuerdo con el flujo de recibos y pagos comerciales de divisas. Documentos de declaración:
(1) Pago en el extranjero (incluido el pago a cuentas en el extranjero y cuentas nacionales de instituciones extranjeras), complete el campo "En el extranjero". Solicitud de Remesa" o "Aviso de Aceptación/Pago Externo";
(2) Pago interno, complete la "Solicitud de Remesa Nacional" o "Aviso de Aceptación/Pago Nacional";
( 3) Cobro del extranjero (incluido el cobro de cuentas en el extranjero y cuentas nacionales de instituciones extranjeras) (sección), complete el "Formulario de declaración de ingresos relacionados con el extranjero";
(4) Si se recauda de fuentes nacionales, cumplimentar el “Formulario de Declaración de Renta Nacional”.
Artículo 12 Al manejar recibos y pagos de divisas para una empresa, las instituciones financieras consultarán el estado del catálogo y el estado de clasificación de la empresa a través del sistema de monitoreo y revisarán razonablemente la autenticidad de sus documentos de transacción y su relación con extranjeros. coherencia de los cobros y pagos cambiarios, y presentar información a la casa de cambio de conformidad con el "Reglamento sobre la Declaración de Información Especial para la Declaración de Balanza de Pagos y los Recibos y Castigos de Divisas".
Artículo 13 Los ingresos en divisas provenientes del comercio de una empresa ingresarán primero en la cuenta de cancelación de recaudación de divisas de exportación (en lo sucesivo, la cuenta de cancelación). El alcance de los ingresos de la cuenta a verificar se limita a los ingresos comerciales en divisas (excluidos los préstamos de instituciones financieras nacionales y los pagos en el extranjero en concepto de financiación del comercio de exportaciones); el alcance de los gastos incluye la liquidación de divisas o la transferencia a la cuenta corriente de divisas de la empresa; así como otros gastos en divisas registrados por la casa de cambio. No se permite que los fondos de la cuenta verificada se transfieran entre sí, y los intereses sobre los fondos de la cuenta se basan en los depósitos a la vista.
Artículo 14: Después de que la institución financiera revise los materiales de declaración completados por la empresa y complete la declaración, se encargará de los procedimientos de liquidación de divisas o transferencia de fondos para la cuenta a verificar. Si la naturaleza de los fondos declarados es ingreso de divisas o devolución por comercio de reexportación, se deberán revisar los correspondientes comprobantes y documentos comerciales vigentes de conformidad con lo dispuesto en estas normas.
Artículo 15 Las empresas pueden comprar divisas por adelantado y depositarlas en su cuenta corriente de divisas en función de sus necesidades reales y legales de pago de importaciones. Cuando una institución financiera tramite los trámites de pago de divisas o emisión de una carta de crédito para una empresa, deberá revisar los documentos de declaración diligenciados por la empresa y revisar los comprobantes y documentos comerciales válidos correspondientes de conformidad con las siguientes disposiciones:
(1) Mediante carta de crédito o Si la liquidación es por cobro, los documentos comerciales pertinentes se revisarán de acuerdo con las prácticas de liquidación internacional;
(2) Si la liquidación es contra reembolso, se inspeccionará el correspondiente formulario de declaración de mercancías de importación, contrato de importación o factura;
(3) Si el pago se realiza en forma de anticipo, se inspeccionará el contrato de importación o la factura.
Artículo 16 Los ingresos en divisas provenientes del comercio de reexportación se ingresarán en la cuenta a cancelar. Cuando una empresa liquida divisas o retira ingresos en divisas del comercio de entrepot de una cuenta que se va a cancelar, las instituciones financieras deben revisar los contratos de importación y exportación y los documentos de declaración de ingresos y gastos presentados por la empresa.
Si el monto de la liquidación de divisas o transferencia de ingresos comerciales de reexportación bajo el mismo contrato excede el 20% (exclusivo) del gasto correspondiente, la empresa deberá acudir primero a la casa de cambio para realizar el trámite. los procedimientos de registro de empresas cambiarias.
Artículo 17 Las empresas manejarán los ingresos y pagos comerciales de divisas de acuerdo con el principio de "quien exporta recibe divisas y quien importa paga divisas", a menos que el Estado estipule lo contrario, como importación y exportación. bajo donaciones.
Para los negocios de agencia de importación y exportación, el agente deberá pagar y cobrar las divisas. En el negocio de importación de agencia, el cliente puede transferir divisas al agente de conformidad con el contrato de agencia, o el agente puede comprar divisas. En el negocio de exportación de agencia, después de que el agente recibe las divisas, puede transferirlas al cliente según el acuerdo de agencia, o puede transferir RMB al cliente mediante liquidación de divisas.
Artículo 18 El beneficiario extranjero y el beneficiario nacional de las remesas reembolsadas correspondientes a artículos de importación serán los beneficiarios originales. El beneficiario nacional y el beneficiario extranjero del reembolso del impuesto a la exportación son los pagadores originales.
Cuando las instituciones financieras manejan reembolsos de divisas para el comercio de empresas, deben revisar los recibos originales de las divisas reembolsadas debido a cambios incorrectos; si las divisas se reembolsan por otras razones, deben revisar la devolución de divisas; Documentos originales de la declaración de renta y el contrato de exportación original.
Cuando las instituciones financieras manejan reembolsos de pagos comerciales, liquidaciones de divisas o transferencias para empresas, deben revisar los documentos de declaración originales para el reembolso de los gastos en divisas debido a un cambio incorrecto si las divisas se reembolsan debido a; Por otras razones, deberán revisar los documentos originales de la declaración de gastos y el contrato de importación original.
Si la brecha entre la fecha de retiro de divisas y la fecha original de recepción y pago excede los 180 días (exclusivo), o si el retiro de divisas no puede ser manejado de acuerdo con las disposiciones de este artículo debido En circunstancias especiales, la empresa deberá acudir primero a la oficina de cambio de divisas para completar los trámites de registro de la empresa de divisas.
Artículo 19 El comercio de importación y exportación de las empresas se liquidará a través de instituciones financieras. Si existe una necesidad objetiva de utilizar efectivo en moneda extranjera para la liquidación, la institución financiera deberá revisar el contrato de exportación, la declaración de aduana de las mercancías de exportación y otros documentos presentados por la empresa al utilizar efectivo en moneda extranjera para la liquidación. Si el monto del efectivo de liquidación de divisas alcanza el monto de la declaración de entrada prescrita, la institución financiera también revisará el formulario de declaración de entrada original para llevar efectivo en moneda extranjera presentado por la empresa y firmado por la aduana.
Artículo 20 Para los cobros y pagos de divisas de comercio que requieran registro en la casa de cambio de conformidad con lo establecido en estas normas, las instituciones financieras deberán presentar el “Formulario de Registro de Negocios de Cambio en el Comercio de Bienes” ( en adelante "Formulario de Registro") emitido por la casa de cambio Ver anexo 3) para aplicar y avalar el uso del "Formulario de Registro" a través del sistema de seguimiento.
Artículo 21: Después de revisar los documentos relevantes de acuerdo con las regulaciones, las instituciones financieras anotarán el monto y la fecha de los recibos y pagos de divisas en los documentos originales y sellarán el sello comercial oficial y conservarán los originales o copias. de documentos relevantes para referencia futura.
Artículo 22 Si una institución financiera descubre que una empresa tiene cobros y pagos de divisas anormales o sospechosos durante el proceso de manejo de cobros y pagos de divisas, deberá informarlo a la oficina de cambio de manera oportuna. .