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Supervisión cambiaria en Corea del Sur

La entrada a Corea del Sur no puede exceder los $65,438 + 0,000 en efectivo.

Los siguientes son los requisitos para la salida nacional

Aviso de la Administración Estatal de Divisas y de la Administración General de Aduanas sobre la emisión de las “Medidas Provisionales para la Administración del Ingreso y Salida de Efectivo en Moneda Extranjera"

1. Si la persona saliente lleva un monto de salida inferior al equivalente de US$ 5.000 (incluidos US$ 5.000), no necesita solicitar un certificado de portación y el La aduana lo liberará. Además de múltiples viajes el mismo día, existen múltiples viajes en un corto período de tiempo.

2. El personal saliente que realice fuera del país un monto superior a US$ 5.000 a US$ 65.438 + US$ 00.000 (incluidos US$ 65.438 + US$ 00.000) deberá solicitar al banco un permiso de portabilidad. Al salir del país, la aduana inspeccionará y liberará la mercancía con el “Prueba de Porte” estampado con el sello del banco. Si se utilizan varios certificados de portabilidad y el monto total del certificado de portabilidad sellado con un sello bancario excede el equivalente a 65.438 dólares estadounidenses + 00.000 yuanes, la aduana no lo liberará.

3. Si la cantidad de dinero sacada del país excede el equivalente a 65.438+00.000 dólares americanos, el personal saliente deberá dirigirse a la sucursal de la Administración Estatal de Divisas (en adelante denominada la casa de cambio) en el lugar de depósito o donde se encuentre el banco comprador de divisas "Comprobante de Portación", la aduana lo inspeccionará y liberará con el "Prueba de Portación" estampado con el sello de la Casa de Cambio.

Artículo 6 El personal que entre y salga "múltiples veces al día" o "múltiples veces en un corto período de tiempo" será liberado de acuerdo con las siguientes regulaciones después de ingresar y sacar efectivo en moneda extranjera del país. :

1. Cuando el personal de entrada-salida que realice múltiples viajes en un mismo día introduzca al país moneda extranjera en efectivo, deberá declararlo por escrito ante la aduana. Al salir del país, la aduana registrará el monto de efectivo en moneda extranjera declarado durante el último ingreso. Si no hay registro del monto de efectivo en moneda extranjera declarado la última vez que ingresó al país, puede llevar efectivo en moneda extranjera equivalente a menos de 5.000 dólares estadounidenses (incluidos 5.000 dólares estadounidenses) al salir del país por primera vez el mismo día. La aduana no emitirá un certificado de porte ni lo entregará. Si la cantidad de dinero sacada del país supera los 5.000 dólares estadounidenses, la aduana no lo liberará al salir del país por segunda vez (inclusive) o más dentro del mismo día, efectivo en moneda extranjera con un valor equivalente inferior a Se pueden sacar del país 500 dólares estadounidenses (incluidos 500 dólares estadounidenses). No es necesario solicitar un certificado de porte y la aduana lo liberará. Si la cantidad que sacas supera los 500 dólares estadounidenses, la aduana no te dejará ir.

2. El personal de entrada-salida que realice múltiples viajes en un corto período de tiempo deberá declarar por escrito ante la aduana al ingresar moneda extranjera en efectivo al país. Al salir del país, la aduana registrará el monto de efectivo en moneda extranjera declarado durante el último ingreso para el despacho aduanero. Si no hay registro de la cantidad de efectivo en moneda extranjera declarada la última vez que ingresó al país, puede llevar efectivo en moneda extranjera equivalente a menos de 5.000 dólares estadounidenses (incluidos 5.000 dólares estadounidenses) al salir del país por primera vez dentro de los 15 días. La aduana no emitirá un certificado de porte ni lo entregará. Si el monto retirado excede los 5.000 dólares estadounidenses, la aduana no permitirá su liberación. Al salir del país por segunda vez o más dentro de los 15 días, puede sacar del país efectivo en moneda extranjera equivalente a no más de 1.000 dólares estadounidenses (incluidos 1.000 dólares estadounidenses) sin solicitar un certificado de porte, y la aduana lo liberará. él. Si la cantidad que usted trae excede el valor equivalente de 1.000 dólares estadounidenses, la aduana no la liberará.

Artículo 7: Las personas que salen del país podrán sacar moneda extranjera en efectivo fuera del país, o podrán sacar moneda extranjera del país mediante remesa bancaria o mediante giros, cheques de viajero, tarjetas de crédito internacionales. , etc. , pero en principio no se permite sacar del país efectivo en moneda extranjera que supere el equivalente a 10.000 dólares estadounidenses. Si realmente necesita sacar del país efectivo en moneda extranjera equivalente a más de 65.438+00.000 dólares estadounidenses debido a circunstancias especiales, debe solicitar un certificado de porte en la oficina de cambio de divisas donde se encuentra el banco de depósito o comprador de divisas.

Artículo 8 Una persona que sale del país y solicita un permiso de porte de un banco que lleve efectivo en moneda extranjera retirado de los depósitos de divisas de él o de sus familiares inmediatos deberá presentar su pasaporte, pase de Hong Kong y Macao. , pase de Taiwán, visa o endoso válido y certificado de depósito en el banco. El banco donde se abre la cuenta deberá presentar una solicitud. Si saca efectivo en moneda extranjera del país después de comprar divisas, deberá presentar una solicitud al banco. al banco comprador de divisas el comprobante de compra de divisas prescrito.

Después de verificar que los materiales proporcionados por el personal saliente son correctos, el banco les emitirá un permiso de portabilidad y conservará copias de los materiales anteriores durante 5 años para referencia futura.

Artículo 9: Cuando los bancos expidan certificados de equipaje de mano al personal saliente, no deberán exceder el monto de sus certificados de depósito ni el monto de las divisas compradas. El monto de cada certificado de mano emitido por el banco no podrá exceder el equivalente a USD 65.438 + USD 00.000, pero podrá ser inferior a USD 5.000.

Artículo 10 Al solicitar a la oficina de cambio un comprobante de transporte, el personal saliente debe presentar una solicitud por escrito, pasaporte o pase de viaje a Hong Kong y Macao, pase de viaje a Taiwán, visa o endoso válido, tarjeta bancaria. certificado de depósito y el monto equivalente que realmente deban llevar. Para comprobar la exportación de efectivo en moneda extranjera superior a US$ 10.000, se debe presentar una solicitud a la casa de cambio donde se encuentra el banco que deposita o compra moneda extranjera.

Después de revisar los materiales proporcionados por el personal saliente, la casa de cambio emitirá permisos de portabilidad a quienes cumplan con las condiciones prescritas y conservará copias de las solicitudes escritas y otros materiales durante 5 años para referencia futura.

Artículo 11 El certificado de portación deberá llevar el sello de “Sello de Aprobación de la Administración Estatal de Divisas para el Saque de Divisas del País” o el “Sello Especial del Banco para el Saque de Divisas del País”. que es válido para un uso dentro de los 30 días siguientes a la fecha de emisión.

Artículo 12 “Prueba de Portación” por triplicado. El comprobante de portabilidad original lo emite el banco. La primera copia será entregada a la aduana por el transportista para su inspección y liberación, la segunda copia será entregada mensualmente por el banco emisor a la oficina de cambio local y la tercera copia será retenida por el banco emisor. banco. El "Comprobante de Portación" original será emitido por la Oficina de Cambios. La primera copia será entregada a la aduana por el transportista para su inspección y despacho, mientras que la segunda y tercera copias quedarán en poder de la oficina de cambio emisora.

Artículo 13 Si una persona que sale del país pierde su documento de mano y el documento de mano original fue emitido por un banco, deberá presentar una solicitud al banco emisor original con el materiales especificados en el artículo 8 antes de salir del país. Después de verificar que los materiales proporcionados por el personal de entrada y salida y los materiales originales retenidos son correctos, el banco emisor original emitirá un certificado de reemisión al personal de entrada y salida (ver Apéndice 3). El personal de entrada y salida debe presentar una solicitud en la casa de cambio donde está ubicado el banco con el certificado de renovación y acudir al banco después de la aprobación de la casa de cambio. El certificado de porte original es emitido por la Oficina de Cambios Extranjeros. Antes de salir del país, el solicitante deberá presentar una solicitud a la oficina de cambio de divisas emisora ​​original con el formulario de solicitud de reemplazo del certificado y los materiales especificados en el artículo 10. Después de verificar que los materiales proporcionados por el personal de entrada y salida y los materiales originales retenidos sean correctos, la casa de cambio volverá a emitir el "Certificado de transporte" al personal de entrada y salida, y agregará la palabra "reemisión" en el "Certificado de transporte" reemitido. Certificado". Las casas de cambio y los bancos tienen prohibido volver a emitir certificados de portabilidad para el personal de entrada y salida después de su salida del país.

Artículo 14 Los bancos deberán, dentro de los 5 días siguientes al final de cada mes, presentar la emisión de los certificados de tenencia del mes anterior a la casa de cambio local en el formato de "Tabla estadística de tenencia de divisas". Condición Efectivo Fuera del País” (ver Anexo 4).

Artículo 15 Todas las casas de cambio deberán resumir la emisión de certificados de porte por parte de las casas de cambio y los bancos dentro de su jurisdicción, y presentarlos en forma de "Formulario estadístico para el transporte de efectivo en moneda extranjera fuera del país". "Dentro de los diez días siguientes a la finalización de cada mes por la Administración Estatal de Divisas.

Artículo 16 Los Bancos expedirán documentos de mano para el personal de entrada y salida en estricto apego a lo dispuesto en las presentes Medidas. Para los bancos que violen las disposiciones de estas Medidas, la casa de cambio les dará una advertencia, un aviso de crítica, una multa o incluso cancelará su habilitación para emitir un certificado de portabilidad.

Artículo 17 Si el personal de entrada-salida viola las disposiciones de estas Medidas y porta dinero en efectivo en moneda extranjera, la aduana lo manejará de acuerdo con las normas pertinentes.

Artículo 18 Cuando el personal de entrada-salida traiga comprobantes de pago en moneda extranjera como giros postales, cheques de viajero, tarjetas de crédito internacionales, certificados de depósito bancario, certificados de ahorro postal y valores en moneda extranjera como bonos gubernamentales, corporativos bonos, acciones, etc., la aduana temporalmente Sin supervisión.

Artículo 19 La Administración Estatal de Divisas y la Administración General de Aduanas son responsables de la interpretación de las presentes Medidas.

Artículo 20 Las presentes Medidas entrarán en vigor el 1 de septiembre de 2003. 1996 65438+31 de febrero, emitido conjuntamente por la Administración Estatal de Divisas y la Administración General de Aduanas, implementado el 10 de febrero de 1997, 17 de junio de 1999, emitido conjuntamente por la Administración Estatal de Divisas y la Administración General de Aduanas, implementado; el 1 de agosto de 1999, 1 de junio de 1999 19 El 4 de junio de 1999, la Administración Estatal de Divisas emitió el "Aviso sobre la Implementación de las Cuestiones Operativas de la Nueva Versión del "Permiso para Llevar Divisas al Exterior"; el 25 de octubre de 1999; , la Administración Estatal de Divisas emitió al mismo tiempo el "Aviso sobre el fortalecimiento de la gestión del permiso para llevar divisas al extranjero".