Normas de sentencia para el delito de operaciones comerciales ilícitas y reventa de divisas
Las normas de sentencia para el delito de operaciones comerciales ilegales son: quienes perturben el orden del mercado y las circunstancias sean graves serán sancionados con pena privativa de libertad no mayor a cinco años o prisión penal, y también será multado no menos de una vez pero no más de cinco veces el ingreso ilegal si las circunstancias son especiales. En casos graves, el infractor será condenado a pena privativa de libertad no menor de cinco años y multa no menor; menos de una vez pero no más de cinco veces los ingresos ilegales o los bienes confiscados.
Objetividad jurídica:
Artículo 225 de la "Ley Penal": Cualquiera que viole las normas nacionales y cometa una de las siguientes actividades comerciales ilegales, altere el orden del mercado y las circunstancias sean graves. será sancionado El infractor será sentenciado a pena privativa de libertad no mayor de cinco años o prisión preventiva, y también o únicamente será multado no menos de una vez pero no más de cinco veces el ingreso ilegal si las circunstancias son particularmente graves; grave, será sentenciado a pena de prisión de no menos de cinco años y al mismo tiempo multada no menos de una vez pero no más de cinco veces el ingreso ilegal, o se le confiscarán sus bienes: (1) Franquicias de operación, productos especializados u otros productos restringidos por leyes y reglamentos administrativos sin permiso; (2) Compra y venta de licencias de importación y exportación, certificados de origen de importación y exportación y otras licencias comerciales estipuladas en leyes y reglamentos administrativos; en valores, futuros, negocios de seguros o negocios de pago y liquidación de fondos sin la aprobación de las autoridades estatales pertinentes (4) Otras actividades comerciales ilegales que alteren gravemente el orden del mercado;