¿Qué debo hacer si mi declaración de exportación no se ha prorrogado por más de un año?
Es decir, el pago de las mercancías debe pagarse o recuperarse dentro de los 90 días siguientes a la fecha de importación en el formulario de declaración de aduana.
Si las divisas no pueden liquidarse dentro de los 90 días siguientes a la fecha de importación de la declaración aduanera, se deberá realizar una solicitud de pago diferido a la plataforma de servicios de solicitud de la Administración Estatal de Divisas dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la liquidación de divisas. fecha de importación de la declaración en aduana.
Esto requiere comunicar las condiciones de pago a los clientes con antelación.
Si la declaración aduanera no se puede pagar dentro de los 90 días posteriores a la fecha de importación, y si la extensión no se procesa dentro de los 30 días posteriores a la fecha de importación, los documentos en papel (contrato, acuerdo de agencia, acuerdo de modificación de pago del contrato, prórroga) deberán presentarse en ventanilla de la Administración Estatal de Divisas (informes, declaraciones aduaneras y otros documentos).
Si el pago se aplaza al mes correspondiente, el pago deberá realizarse en el mes aplazado. Si necesita pagar por adelantado, deberá pagar más tarde y luego acudir al mostrador de la Administración Estatal de Divisas para solicitar una nueva prórroga.