Artículo 26 sobre Identificación de Clientes de Instituciones Financieras
Base legal: "Medidas para la administración de la identificación del cliente y la preservación de materiales de identidad del cliente y registros de transacciones de instituciones financieras" Artículo 26 Al cumplir con las obligaciones de identificación del cliente, las instituciones financieras deberán informar a la Oficina Antilavado de Dinero de China. Centro de seguimiento y análisis Informe el siguiente comportamiento sospechoso a la sucursal local del Banco Popular de China:
(1) El cliente se niega a proporcionar una identificación válida u otro documento de identidad.
(2) Después de realizar una solicitud a la institución extranjera que envía fondos, es imposible obtener información alternativa completa y relevante, como el nombre del remitente, el número de cuenta del remitente y la dirección de el remitente.
(3) El cliente se niega a actualizar la información básica del cliente sin motivos justificables.
(4) Después de tomar las medidas necesarias, todavía existen dudas sobre la autenticidad, validez e integridad de la información de identidad del cliente obtenida previamente.
(5) Otras conductas sospechosas descubiertas en el desempeño de obligaciones de identificación de clientes.