Red de conocimientos turísticos - Información sobre alquiler - Problemas de tiempo para el pago por adelantado
Problemas de tiempo para el pago por adelantado
El artículo 3 de la Huifa No. 30 [2008] estipula que a partir del 14 de julio de 2008, si el contrato de exportación recién firmado por una empresa contiene una cláusula de pago anticipado y no está estipulada en el contrato, el pago anticipado se realizará a partir de la fecha de firma del contrato o el recibo efectivo del anticipo. Los trámites de presentación del contrato de prepago se tramitarán dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de inscripción. Al mismo tiempo, la empresa recibió un anticipo que no estaba estipulado en el contrato. La empresa deberá tramitar los trámites de registro de retiro del anticipo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de recepción del anticipo estipulado en el contrato.
15 días hábiles contados a partir de la fecha en que la empresa recibe el anticipo debe ser el momento en que lleguen las divisas.