¿Cuáles son los estándares para el fraude por usurpación de marcas?
El estándar del fraude por usurpación de marcas es: con el fin de obtener ganancias, utilizar medios desleales para registrar de manera preventiva marcas, nombres de dominio o nombres comerciales y otros derechos que hayan sido utilizados por otros en este o campos relacionados y tener cierta influencia. El "registro malicioso" ocurre principalmente en campos de derechos donde el principio de autorización de "primero en aplicar" puede traer ciertos beneficios económicos o espirituales, por lo que ocurre principalmente en marcas, nombres de dominio y nombres comerciales. 1. ¿Cuál es el estándar para el fraude por usurpación de marcas? El estándar para el fraude por usurpación de marcas es: con el fin de obtener ganancias, utilizar medios desleales para registrar de manera preventiva una marca, un nombre de dominio o un nombre comercial que ha sido utilizado por otros y tiene un cierto influencia en este o campos relacionados con el comportamiento relacionado con los derechos. El "registro malicioso" ocurre principalmente en campos de derechos donde el principio de autorización de "primero en aplicar" puede traer ciertos beneficios económicos o espirituales, por lo que ocurre principalmente en marcas, nombres de dominio y nombres comerciales. 2. La ocupación de marcas se puede remediar de las siguientes maneras: 1. Si la marca ocupada se encuentra en el período de anuncio de revisión preliminar, puede presentar una objeción ante la Oficina de Marcas. 2. Si la marca registrada ha sido aprobada para el registro, puede solicitar la cancelación a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas dentro de los cinco años posteriores al registro de la marca, si la marca registrada es una marca notoriamente conocida, no hay límite de tiempo para la presentación; una solicitud de cancelación. 3. Si la marca registrada de forma preventiva no se ha utilizado durante un largo tiempo después del registro, se puede presentar una solicitud de cancelación ante la Oficina de Marcas por "detener su uso durante tres años consecutivos". 4. Vuelva a registrar la marca. La marca no puede ser similar a la marca original. En cuanto a la popularidad de la marca, no tiene que preocuparse por eso, siempre que la calidad del producto sea buena y preste atención a la publicidad y la promoción, aún puede lograr buenas ventas. Una marca no necesariamente tiene que corresponder a un nombre comercial. 3. Asuntos relevantes que requieren atención: Primero, presentar una objeción a la marca anunciada en el examen preliminar ante la Oficina de Marcas. Según el artículo 30 de la Ley de Marcas, "cualquier persona puede presentar una objeción a una marca anunciada en el examen preliminar dentro de los tres meses siguientes a la fecha del anuncio si el titular del derecho considera que su marca ha sido apropiada maliciosamente por otros para solicitarla". registro, si la marca se descubre a tiempo durante el período de anuncio de aprobación preliminar, puede presentar una objeción ante la Oficina de Marcas y solicitar a la Oficina de Marcas que no apruebe el registro. En segundo lugar, presente una disputa ante la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas con respecto a la marca registrada. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley de Marcas, si el titular del derecho considera que su marca ha sido registrada preventivamente por otros de mala fe, podrá solicitar la cancelación a la Junta de Revisión y Adjudicación de Marcas dentro de los 5 años siguientes a la fecha de registro de la marca. Cuando las partes solicitan objeciones o disputas o reclaman derechos ante la Oficina de Marcas o la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas, deben exponer sus motivos y proporcionar la evidencia correspondiente junto con los elementos constitutivos de la usurpación de marcas analizadas anteriormente. Estas evidencias deben centrarse en dos aspectos: Por un lado, es evidencia de que el registrante de la marca tiene mala fe subjetiva, como lo son los contratos de compra y venta y la correspondencia entre las dos partes relacionadas con la marca en disputa, y la solicitud de registro de la marca por parte del registrante. honorarios irrazonables del titular del derecho; pruebas escritas de elevados "honorarios de transferencia de marca"; por otro lado, pruebas del uso y promoción anteriores de la marca en disputa por parte del titular del derecho, como el contrato de encomienda y los documentos correspondientes entre el titular del derecho y el titular del derecho; diseño de marca, logotipo de marca y producción de anuncios relacionados con la marca, contratos de publicación, periódicos y revistas que publican anuncios de marca, contratos de compra y venta y facturas de productos de marca, etc. Cabe señalar que al presentar los documentos de solicitud a la Oficina de Marcas o a la Junta de Adjudicación y Revisión de Marcas, las partes deben cumplir con los requisitos prescritos. Por ejemplo, las objeciones y las solicitudes de resolución de disputas deben presentarse dentro del plazo especificado por la ley, y los materiales de prueba pertinentes deben presentarse lo antes posible dentro del plazo. Para obtener un fuerte apoyo a sus afirmaciones, las partes involucradas deben hacer todo lo posible para presentar pruebas con alta credibilidad, como documentos oficiales producidos por agencias estatales de acuerdo con sus poderes, archivos históricos mantenidos por agencias especializadas y publicaciones en medios de comunicación influyentes. Materiales promocionales de marcas, etc. Si la okupación de marcas implica fraude, básicamente puede considerarse una okupación maliciosa. El registro malicioso está explícitamente prohibido por ley y es un acto que el Estado reprime enérgicamente. El registro malicioso no sólo irrespeta los derechos laborales y de propiedad intelectual del titular original de la marca, sino que también es un acto de desprecio a la ley. El Estado toma medidas severas contra esta práctica y pide a todos que no violen la ley.