¿Cuál es el impuesto a la publicidad para hogares industriales y comerciales individuales? ¿Es diferente de los pequeños contribuyentes?
La industria de la publicidad pertenece a la industria de servicios. Según la ley tributaria, el impuesto comercial debe pagarse al 5% de los ingresos comerciales. Todas las unidades e individuos que pagan impuestos comerciales deben pagar el 7% del negocio. impuesto y 3% del monto del impuesto de construcción y recargo educativo, es decir, 5 veces 7 para pagar el impuesto de construcción y mantenimiento urbano, 5 veces 3 para pagar el recargo educativo, estos dos conceptos se denominan recargos del impuesto comercial, más. impuesto comercial, el total de estos tres elementos se llama impuesto comercial y recargo, A **** es el 5,6% de los ingresos operativos;
La industria de la publicidad también debe pagar tarifas de construcción de empresas culturales, que se calculan y pagado al 3% de la utilidad operativa.
2. Pequeños contribuyentes
1. Principales categorías impositivas: Los pequeños contribuyentes pagan el impuesto al valor agregado sobre la base del 3% de sus ingresos. (Pagar impuesto nacional). Si se le reconoce como contribuyente general del impuesto al valor agregado, el impuesto al valor agregado pagadero = impuesto repercutido - impuesto soportado.
2. Impuestos y tasas adicionales (impuesto local pagado)
(1) El impuesto a la construcción urbana se paga al 7% del impuesto al valor agregado (los condados y municipios pagan el 5%, y las comunas pagan el 1%); /p>
(2) El recargo por educación se pagará al 3% del impuesto al valor agregado pagado
(3) El recargo por educación local se pagará al 2%; % del impuesto al valor agregado pagado;
( 4) También hay tarifas de asedio, tarifas circundantes y otras tarifas pagadas por cada provincia en función de los ingresos por ventas.
(4) También existen tarifas periféricas y otras tarifas que paga cada provincia en función de los ingresos por ventas.
3. El IRPF se paga al 1,5% de los ingresos empresariales. (Y pagar impuestos locales)
4. Pagar tarifas de emprendimiento cultural basadas en el 3% de los ingresos operativos. (Pagar impuesto nacional)