Durante el período de alquiler, los electrodomésticos se deterioraron y sufrieron daños. ¿Tengo que compensar al propietario?
Esa cláusula te perjudica mucho.
¿Ese calentador de agua tiene fecha de caducidad? Si es así, comprueba si la fecha de caducidad ha pasado y entenderás lo que significa.
Según esa cláusula, usted no tiene la culpa y el propietario tampoco tiene la culpa. Solo una parte del calentador de agua está rota y aún se puede usar después de la reparación. hacerse cargo de los costes de reparación.
Es culpa tuya y está claramente escrito en blanco y negro. No puedes defenderte alegando que la otra parte incumplió su obligación de recordártelo. Además, no comprobó la integridad del calentador de agua después de mudarse, por lo que no tuvo más remedio que considerarse desafortunado.
Sin embargo, puedes defenderte alegando que los términos del contrato estándar son abusivo o que no cumpliste con el correspondiente deber de atención.
Además, siempre que no se violen los principios básicos del derecho contractual, ambas partes pueden acordar diversas materias, lo que significa que los acuerdos pueden prevalecer sobre las disposiciones legales.
Para referencia.
Suponiendo que usted debe compensar, el monto real de la compensación debe ser el valor residual después de seis años de uso y no se calculará en función del valor de compra. La primera es restaurarlo a su estado original, es decir, repararlo si no se puede reparar o el valor de la reparación es demasiado alto, el precio solo se podrá pagar como compensación. El monto específico de la compensación lo determinará el. Departamento de precios basado en la evaluación específica del objeto real. Estoy de acuerdo con lo que dijiste. Han pasado seis años y debería estar roto. Además, ya no tiene mucho valor.
En este caso, creo que puedes utilizar el contrato estándar para mostrar la equidad como defensa. Al firmar el contrato, la otra parte debería haberte recordado estas obligaciones que obviamente te perjudican. Pero creo que su acuerdo sigue siendo válido, porque la ecuación de la disputa de propiedad se puede acordar en el contrato, y el acuerdo es superior a la ley. Sólo no se pueden acordar asuntos relacionados con lesiones personales y violaciones obvias de los principios básicos del derecho contractual. al. Negociemos.