Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - El número de cuenta del inquilino lo dejo en mi casa.

El número de cuenta del inquilino lo dejo en mi casa.

Análisis jurídico: En términos generales, muchos propietarios se resisten a que los inquilinos alquilen casas. Pero, de hecho, alquilar una casa no afectará al arrendador, porque la casa alquilada por el inquilino está registrada en la dirección pública, no a nombre de la casa del arrendador.

1. Estandarizar la gestión del arrendamiento de vivienda y confirmar los derechos de propiedad del arrendador y la identidad del arrendatario, lo que favorece el cumplimiento legal y efectivo del contrato de arrendamiento de vivienda, reduce las disputas legales y también favorece la gestión de la seguridad pública. El registro de la renta personal del arrendador también facilita la gestión del IRPF.

2. Si hay acuerdo, prevalecerá el acuerdo. Si el contrato es de alquiler de casa, el contrato de arrendamiento entrará en vigor una vez finalizados los trámites de registro y presentación. Sin embargo, incluso si no se han completado los trámites de registro, si una de las partes del contrato ha cumplido con sus obligaciones principales y la otra la ha aceptado, el contrato entrará en vigor. Por ejemplo, el arrendador ha entregado la casa arrendada al arrendatario y el arrendatario se ha hecho cargo de la casa; el arrendatario paga el alquiler al arrendador y el arrendatario lo acepta;

Base jurídica: “Código Civil de la República Popular China”

Artículo 708 El arrendador entregará el bien arrendado al arrendatario conforme al contrato y conservará el bien arrendado en cumplimiento de los requisitos durante el periodo de arrendamiento pactado.

Artículo 709 El arrendatario deberá utilizar el bien arrendado de acuerdo con el método convenido. Si no hay acuerdo sobre el uso del bien arrendado o el acuerdo es confuso y no puede determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 510 de esta Ley, el bien arrendado se utilizará conforme a su naturaleza.

Artículo 710 Si el arrendatario utiliza el bien arrendado de acuerdo con el método convenido o la naturaleza del bien arrendado, causando pérdidas al bien arrendado, no estará obligado a indemnización.

Artículo 711 Si el arrendatario no utiliza el bien arrendado de acuerdo con la forma convenida o con la naturaleza del bien arrendado, causando pérdidas al bien arrendado, el arrendador podrá resolver el contrato y exigir una indemnización por el pérdidas.

Artículo 712 El arrendador deberá cumplir con las obligaciones de mantenimiento del bien arrendado, salvo pacto en contrario de las partes.