¿Es una disputa o fraude si el contrato de arrendamiento estipula claramente que no se permite subarrendar?
El contrato de arrendamiento puede transmitirse, pero sólo con el consentimiento del arrendador y no más allá del plazo del arrendamiento. Si el inmueble se subarrenda sin el consentimiento del arrendador, éste podrá rescindir el contrato. Según el artículo 716 del Código Civil, el arrendatario puede subarrendar el bien arrendado a un tercero con el consentimiento del arrendador. Si el arrendatario subarrenda, el contrato de arrendamiento entre el arrendatario y el arrendador seguirá vigente; si un tercero causa pérdidas al bien arrendado, el arrendatario deberá compensar las pérdidas; Si el arrendatario subarrenda sin el consentimiento del arrendador, éste podrá resolver el contrato. El artículo 717 establece que el arrendatario subarrendará el bien arrendado a un tercero con el consentimiento del arrendador. Si el período de subarrendamiento excede el plazo restante del arrendamiento del arrendatario, el acuerdo que exceda el plazo del arrendamiento no será jurídicamente vinculante para el arrendador, salvo acuerdo en contrario entre el arrendador y el arrendatario.
Objetividad jurídica:
Artículo 716 del Código Civil El arrendatario podrá subarrendar a un tercero el bien arrendado con el consentimiento del arrendador. Si el arrendatario subarrenda, el contrato de arrendamiento entre el arrendatario y el arrendador seguirá vigente; si un tercero causa pérdidas al bien arrendado, el arrendatario deberá compensar las pérdidas; Si el arrendatario subarrenda sin el consentimiento del arrendador, éste podrá resolver el contrato. Artículo 717 Si el arrendatario subarrenda el bien arrendado a un tercero con el consentimiento del arrendador, y el plazo del subarrendamiento excede del plazo restante del arrendamiento del arrendatario, el acuerdo que exceda del plazo del arrendamiento no será jurídicamente vinculante para el arrendador, salvo pacto en contrario entre ellos. el arrendador y el arrendatario.