¿Aún tengo que pagar el impuesto sobre el alquiler de vivienda cuando administro mi propia casa?
Las siguientes propiedades están exentas del impuesto sobre la propiedad:
1. Propiedades ocupadas por agencias estatales, organizaciones populares y el ejército;
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2. Bienes inmuebles propiedad de la unidad para su propio uso con fondos del proyecto asignados por el departamento financiero estatal;
3. por organizaciones religiosas, parques, lugares escénicos y sitios históricos.
4. Bienes inmuebles no comerciales propiedad de personas físicas;
5. Otros bienes inmuebles libres de impuestos aprobados por el Ministerio de Hacienda.
Dado que su casa se utiliza con fines comerciales, debe pagar impuestos a la propiedad.
El impuesto sobre bienes inmuebles se calcula y paga en base al valor residual después de deducir del 10% al 30% del valor original de la propiedad (según las regulaciones locales).
Si el impuesto sobre bienes inmuebles se calcula y paga en función del valor residual de la propiedad, la tasa impositiva es del 1,2%; si se paga en función de los ingresos por alquiler del inmueble, la tasa impositiva es del 1,2%; 12%. Se recomienda alquilar porque usted mismo puede fijar el alquiler.