Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - ¿Puedo llamar a la policía si mi inquilino hace un desastre?

¿Puedo llamar a la policía si mi inquilino hace un desastre?

Subjetividad legal:

Los inquilinos que no pagan el alquiler pueden llamar a la policía, pero la policía generalmente no abre un caso para investigación porque se trata de una disputa civil. Las partes pueden negociar, solicitar mediación, arbitraje o presentar una demanda ante los tribunales para salvaguardar sus derechos e intereses civiles.

Objetividad jurídica:

Artículo 577 del Código Civil: Si una parte incumple sus obligaciones contractuales o cumple sus obligaciones contractuales de manera incompatible con el acuerdo, tendrá la responsabilidad de continuar realizar y asumir cualquier responsabilidad por incumplimiento de contrato, como medidas correctivas o compensación por pérdidas. Artículo 722 del Código Civil: Si el arrendatario no paga o retrasa el pago del alquiler sin motivos justificables, el arrendador podrá exigir al arrendatario el pago en un plazo razonable; si el arrendatario no paga dentro del plazo, el arrendador podrá; rescindir el contrato.