Medidas de gestión de obras de arte

Capítulo 1 Disposiciones generales Artículo 1 Estas Medidas se formulan para fortalecer la gestión de las actividades empresariales del arte, estandarizar el comportamiento empresarial, prosperar el mercado del arte y proteger los derechos e intereses legítimos de los creadores, operadores y consumidores. Artículo 2 El término “obra de arte”, tal como se menciona en estas Medidas, se refiere a pinturas, trabajos de caligrafía y corte de sellos, esculturas, trabajos de fotografía artística, trabajos de instalación, trabajos de artes y oficios y copias limitadas de los trabajos anteriores. Las obras de arte mencionadas en estas Medidas no incluyen reliquias culturales.

Las actividades comerciales de arte reguladas por estas Medidas incluyen:

(1) Adquisición, venta y arrendamiento;

(2) Corretaje;

(3) Negocios de importación y exportación;

(4) Tasación, evaluación, exhibición comercial y otros servicios;

(5) Inversiones y actividades comerciales con obras de arte como objeto y servir.

Estas Medidas se aplicarán a quienes utilicen las redes de información para realizar actividades comerciales artísticas. Artículo 3 El Ministerio de Cultura es responsable de formular políticas de gestión del arte, supervisar y gestionar las actividades comerciales del arte nacional y establecer un sistema de supervisión de créditos del mercado del arte.

Los departamentos administrativos culturales de los gobiernos populares de las provincias, regiones autónomas y municipios directamente dependientes del Gobierno Central son responsables de la aprobación de las operaciones de importación y exportación de arte y establecen comités de expertos para brindar opiniones profesionales sobre el contenido. revisión y supervisión del mercado llevada a cabo por los departamentos administrativos culturales.

Los departamentos administrativos culturales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior son responsables de la supervisión y gestión diaria de las actividades comerciales artísticas dentro de sus respectivas áreas administrativas. Los departamentos administrativos culturales de los gobiernos populares a nivel de condado o superior. el nivel del condado o las agencias integrales de aplicación de la ley del mercado cultural autorizadas por la ley son responsables de la violación de las regulaciones nacionales. Estipula que quienes se dediquen a actividades comerciales artísticas serán castigados. Cuarto, fortalecer la construcción de organización social del mercado del arte. Alentar y orientar a las organizaciones sociales, como las asociaciones industriales, para que formulen estándares industriales de acuerdo con sus estatutos, orientar y supervisar a los miembros para que lleven a cabo actividades comerciales de acuerdo con la ley, fortalecer la autodisciplina de la industria, promover la construcción de integridad y promover la competencia leal en el industria. Capítulo 2 Reglamento Comercial Artículo 5 Una unidad de negocios que se dedique a actividades comerciales de arte deberá solicitar una licencia comercial al departamento administrativo industrial y comercial del gobierno popular en o por encima del nivel del condado en el lugar de residencia, y dentro de los 15 días a partir de la fecha de obtención de la licencia comercial, solicitar al departamento administrativo de industria y comercio del gobierno popular en o por encima del nivel del condado en el lugar de residencia. El departamento administrativo cultural del gobierno popular en o por encima del nivel del condado será. registrado.

Si otras unidades de negocio incorporan nuevos negocios de arte, deberán seguir los procedimientos de presentación de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior. El artículo 6 prohíbe la explotación de obras de arte que contengan los siguientes contenidos:

(1) Oponerse a los principios básicos establecidos por la Constitución; (2) Poner en peligro la unidad nacional, la soberanía y la integridad territorial;

(3) Filtrar secretos de Estado, poner en peligro la seguridad nacional o dañar el honor y los intereses nacionales.

(4) Incitar al odio y la discriminación étnicos, socavar la unidad étnica e infringir costumbres y hábitos étnicos;

(5) Socavar las políticas religiosas nacionales, promover cultos y supersticiones;

(6) Promover actividades terroristas, difundir rumores, alterar el orden social y socavar la estabilidad social;

( 7) Promover la obscenidad, la pornografía, los juegos de azar, la violencia o instigar delitos;

(8) Insultar o difamar a otros e infringir los derechos e intereses legítimos de otros;

(9) Violar las normas sociales ética o las excelentes tradiciones culturales de la nación;

(10) Alterar deliberadamente la historia y distorsionarla gravemente;

(11) Existen leyes, regulaciones y regulaciones nacionales. Otro contenido prohibido. Artículo 7 Está prohibido explotar las siguientes obras de arte:

(a) Contrabando, robo y otras obras de arte de origen ilegal;

(2) Falsificación, alteración o suplantación de otras nombres de personas Productos;

(3) Animales, plantas, minerales, metales, fósiles y otras obras de arte. Las transacciones están prohibidas por leyes y reglamentos, excepto aquellas que tienen procedimientos legales y se operan con permiso;

(4) Otras obras de arte prohibidas por el estado.

Artículo 8 Las unidades de negocios de arte no deberán participar en los siguientes comportamientos comerciales:

(1) Ocultar la fuente de la obra a los consumidores u ocultar asuntos importantes en la descripción de la obra para engañar a los consumidores

(2) Falsificar o alterar documentos de transacciones como certificados de origen de obras de arte, tasaciones y documentos de tasación;

(3) Operar con el fin de recaudar fondos ilegales o esquemas piramidales ilegales;

(4) Sin aprobación, dividir los derechos e intereses de las obras de arte en partes iguales para su emisión pública y realizar transacciones a través de licitaciones centralizadas, creación de mercado y otros métodos comerciales centralizados;

(5 ) Prohibidas por leyes, reglamentos y regulaciones nacionales otras actividades comerciales. Artículo 9 Las unidades de negocio de arte deberán cumplir con las siguientes regulaciones:

(1) Marcar el autor, año, tamaño, material, estado de conservación, precio de venta y otra información sobre las obras de arte que manejan;

(2) Conservar los comprobantes, contratos de venta, libros mayores, libros de cuentas y otros registros de ventas originales relacionados con la transacción. Si las leyes y reglamentos tienen requisitos de límite de tiempo claros, se seguirán las disposiciones de las leyes y reglamentos; si las leyes y reglamentos no estipulan claramente, el período de almacenamiento no será inferior a 5 años; Artículo 10 La unidad de negocio de arte deberá, a solicitud del comprador, realizar la debida diligencia sobre el arte adquirido por el comprador y proporcionar uno de los siguientes materiales de certificación:

(1) Certificación aprobada o emitida por el creador de la técnica Documentos originales;

(2) Documentos de certificación emitidos por una agencia de tasación y evaluación de terceros;

(3) Otros documentos que puedan probar o rastrear el origen de la obra de arte.