Anotaciones del arrendador de arrendamiento financiero
(1) Reconocimiento de créditos por arrendamiento
Débito: cuentas por cobrar a largo plazo (pago mínimo por arrendamiento) + Costes directos iniciales)
Valor residual no garantizado
Gastos no operativos (la diferencia entre el valor razonable del activo arrendado y el valor contable original)
Préstamos: Financiación Activos arrendados (valor contable original de los activos arrendados)
Depósitos bancarios (coste directo inicial)
Ingresos no operativos (diferencia entre el valor razonable de los activos arrendados y el original valor en libros)
Ingresos financieros no devengados
Mientras:
Débito: Ingresos financieros no devengados (coste directo inicial)
Préstamo: Largo- cuentas por cobrar a plazo
(2) Tratamiento contable para la distribución de los ingresos financieros no realizados
Los ingresos financieros no realizados se distribuirán durante cada período del plazo del arrendamiento. El arrendador utilizará el método del tipo de interés efectivo para calcular y reconocer los ingresos financieros corrientes.
Débito: depósitos bancarios
Préstamo: cuentas por cobrar a largo plazo
Débito: ingresos financieros no realizados
Préstamo: ingresos por alquiler
p>
(3) Provisiones para insolvencias para créditos por arrendamiento financiero
La diferencia entre los créditos por arrendamiento financiero y los ingresos financieros no realizados se devengará razonablemente para provisiones para insolvencias.
(4) Tratamiento contable de los cambios en el valor residual no garantizado
El arrendador deberá revisar el valor residual no garantizado al menos al final de cada año.
Si el valor residual no garantizado aumenta, no se realizará ningún ajuste.
Si hay evidencia de que el valor residual no garantizado ha disminuido, se recalculará la tasa de interés implícita de la propiedad arrendada y la disminución resultante en la inversión neta en la propiedad arrendada se incluirá en la pérdida actual. ; en períodos posteriores, se calculará de acuerdo con el ingreso financiero revisado que se reconoce sobre la inversión neta en el arrendamiento y la tasa de arrendamiento recalculada;
Si el saldo no garantizado de una pérdida reconocida es digno de recuperación, se revertirá dentro del monto original de la pérdida reconocida y se recalculará la tasa de interés del arrendamiento.