¿Se debe devolver el valor residual garantizado en el contrato de arrendamiento cuando se devuelve el activo?
1) Hay un valor residual garantizado, pero no hay un valor residual no garantizado. Cuando el arrendador reciba los bienes arrendados devueltos por el arrendatario, se debitará de la cuenta “Activos en Arrendamiento Financiero” y se acreditará en la cuenta “Deudas por Cobrar en Arrendamiento Financiero”. Si el valor de los activos arrendados recuperados es inferior al valor residual garantizado, la compensación por la pérdida de valor deberá cargarse al arrendatario, y se debitará la cuenta "otras cuentas por cobrar" y se acreditará la cuenta "ingresos no operativos".
(2) Valor residual garantizado y valor residual no garantizado. Cuando el arrendador recibe los bienes arrendados devueltos por el arrendatario, debita la cuenta "Activos de arrendamiento financiero" y acredita las cuentas "Cuentas por cobrar de arrendamiento financiero" y "Valor residual no garantizado". Si el valor de los activos arrendados recuperados después de deducir el valor residual no garantizado es inferior al valor residual garantizado, la compensación por la pérdida de valor deberá cargarse al arrendatario, debitándose la cuenta "otras cuentas por cobrar" y los "ingresos no operativos". "Se acreditará la cuenta.