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¿Puede el tribunal confiscar terrenos arrendados al gobierno durante 30 años?
El artículo 12 del "Reglamento sobre la incautación, detención y congelación de bienes en ejecución civil por los tribunales populares" del Tribunal Popular Supremo estipula que si los bienes incautados o incautados no son aptos para ser custodiados por el Tribunal Popular, el Tribunal Popular puede designar a la persona sujeta. a la ejecución para ser responsable de su custodia; si el sujeto a ejecución debe conservarlo, podrá encomendarlo a un tercero o solicitar que sea conservado por el sujeto a ejecución;
Si el uso continuado de la propiedad designada por el tribunal popular para ser conservada por la persona sujeta a ejecución no tiene un impacto significativo en el valor de la propiedad, se puede permitir que la persona sujeta a ejecución continúe utilizarlo; será conservado por el tribunal popular o confiado a un tercero o a la persona que solicita la ejecución, el custodio no podrá utilizarlo.
Según lo dispuesto en el apartado 2 de la citada ley, si el uso continuado del terreno incautado no tiene un impacto significativo en su valor, podrá arrendarse. Sin embargo, se debe notificar al tribunal y al arrendatario sobre el terreno confiscado antes de arrendarlo, y el valor del terreno no puede reducirse.