Reunir gente para beber y matar gente.
① Tipo de consumo de alcohol intencional.
Érase una vez, la "cultura del vino" en muchos lugares formaba la regla tácita de "no volverás hasta que estés borracho", por lo que beber un poco de vino entre banquetes se convirtió en un hábito. En los casos de indemnización por daños personales causados por el consumo de alcohol, porque el bebedor sabía que beber en exceso provocaría daños a la salud de las personas, si el daño se produce, se puede determinar como culpa subjetiva directa e intencional. Según las disposiciones legales pertinentes, los bebedores deben ser los principales responsables legales de la indemnización.
②Disfruta de la bebida.
Los “amigos bebedores” no están relacionados con la bebida cuando saben que tienen una determinada enfermedad o tienen una cantidad limitada de alcohol, o descubren reacciones adversas después de beber, y saben que habrá otros efectos adversos. Consecuencias (como conducir en estado de ebriedad) Las personas beben juntas pero aun así no cumplen con su obligación de disuadir. Si se ignora la seguridad de la vida del "compañero de bebida", lo que resulta en lesiones personales para el "compañero de bebida", se debe considerar que la persona que bebió con la víctima tiene una culpa intencional indirecta. Según las disposiciones legales pertinentes, las personas que beban con la víctima.
③Sin tipo de rescate.
Debido a la existencia del "acuerdo de bebida", ambas partes no solo han llegado a un entendimiento tácito sobre la bebida, sino que también tienen la conveniencia y características de poder obtener y descubrir fácilmente si el bebedor está ebrio. y si hay reacciones adversas. Desde la perspectiva de la cibernética y los principios de difusión de información, los bebedores tienen derecho a ser notificados con prontitud cuando descubran alguna reacción adversa. En este caso, si un bebedor viola una, varias o todas las obligaciones anteriores y causa daño personal a otros "bebedores", se deberá determinar que la conducta del bebedor tiene causalidad para la ocurrencia del daño, y el bebedor deberá será considerado responsable conforme a la ley, asumirá la responsabilidad correspondiente por la indemnización en proporción a la fuerza causal. Esta opinión se basa en el párrafo 2 del artículo 3 de las "Interpretaciones del Tribunal Popular Supremo sobre varias cuestiones relativas a la aplicación de la ley en los juicios de casos de indemnización por daños personales": "Dos o más personas no tienen la misma falta, pero varios actos que realizaron indirectamente se combinaron para causar el mismo daño”
④Ambas partes no tienen culpa.
Esta situación también se ha producido en la práctica judicial: un "compañero de bebida" sólo convenció a otro "compañero de bebida" para que bebiera una pequeña cantidad de alcohol, y el otro "compañero de bebida" acabó enfermando o incluso muriendo, y el bebedor no conocía antes su enfermedad, la persona asesorada también cree que beber una pequeña cantidad de alcohol no es peligroso. En este caso, se podrá ordenar al bebedor que asuma la responsabilidad correspondiente por los daños y perjuicios basándose en la responsabilidad equitativa. La base es el artículo 132 de los Principios Generales del Derecho Civil: "Si las partes no tienen culpa en la causa del daño, pueden compartir la responsabilidad civil según la situación real. En conjunto, se aplica a las primeras el principio de responsabilidad por culpa". tres tipos, y el principio de responsabilidad justa se aplica al cuarto tipo.