Alquilar y vender
Análisis jurídico: 1. El arrendatario tiene derecho de tanteo El artículo 726 del Código Civil establece que si el arrendador vende la vivienda arrendada, deberá comunicarlo al arrendatario dentro de un plazo razonable antes de la venta. , el arrendatario goza del derecho de tanteo en las mismas condiciones, a menos que alguien ejerza el derecho de tanteo según la parte de la casa o que el arrendador venda la casa a un pariente cercano. Una vez cumplido el arrendador su obligación de notificación, si el arrendatario no manifiesta expresamente su intención de comprar en el plazo de quince días, se considerará que el arrendatario ha renunciado a su derecho de tanteo.
2. La venta no rompe el contrato de arrendamiento, si durante el período de arrendamiento se transfieren los derechos de propiedad de una casa particular por venta, donación o herencia, el contrato de arrendamiento original seguirá vigente durante el arrendatario y el nuevo propietario. Sin embargo, el arrendador puede rescindir el contrato de arrendamiento previo pago de la indemnización estipulada en el contrato.
Base legal: Artículo 725 de la “República Popular China y Código Civil” Si la propiedad del bien arrendado cambia durante el período de posesión por parte del arrendatario de acuerdo con el contrato de arrendamiento, la validez del El contrato de arrendamiento no se verá afectado.