Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - ¿Qué debo hacer si no tengo contrato de alquiler?

¿Qué debo hacer si no tengo contrato de alquiler?

Si no existe contrato de alquiler, deberá solicitarlo inmediatamente al arrendador. Si el original no se puede obtener temporalmente, se puede solicitar una copia y sellarla con el sello "Esta copia es igual al original" si el arrendador se niega a celebrar un contrato de arrendamiento, se puede considerar como un contrato de arrendamiento indefinido; y ambas partes pueden rescindir la relación de arrendamiento en cualquier momento.

Base jurídica

Artículo 707 del Código Civil

Si el plazo del arrendamiento supera los seis meses, deberá constar por escrito. Si las partes no determinan por escrito el plazo del arrendamiento, se considerará que es un arrendamiento indefinido.

Artículo 721

El arrendatario deberá pagar la renta en el plazo acordado. Si no se pactara el plazo para el pago del alquiler o el contrato fuere poco claro, y no pueda determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 510 de esta Ley, si el plazo del arrendamiento fuera inferior a un año, el pago se efectuará al vencimiento del período de arrendamiento, si el período de arrendamiento excede un año, el pago se realizará al final del período de arrendamiento, el pago se realizará cada año, y si el plazo restante es inferior a un año, el pago se realizará al final del período de arrendamiento. final del plazo de arrendamiento.

Artículo 730

Si las partes no se hubieren puesto de acuerdo sobre el plazo del arrendamiento o el contrato fuere confuso, y no pueda determinarse conforme a lo dispuesto en el artículo 510 de esta Ley, se se considerará como un contrato de arrendamiento por tiempo indefinido; las partes podrán rescindir el contrato en cualquier momento, pero deberán notificarlo a la otra parte dentro de un plazo razonable.