Red de conocimientos turísticos - Conocimientos sobre las estaciones solares - El arrendatario incumple el contrato al decorar la casa sin autorizaciónSi el arrendatario decora la casa sin autorización, constituye una infracción y asumirá responsabilidad extracontractual si el arrendatario acepta decorar la casa con la misma; arrendador, se deben aplicar diferentes principios de manejo según la situación. En primer lugar, se deben aplicar reglas de tratamiento diferentes a la decoración adherida y a la decoración no adherida. Como propietario, el arrendatario tiene derecho a disponer de las decoraciones no adheridas; para las decoraciones adheridas, se deben aplicar reglas diferentes para distinguir entre contratos inválidos, terminación válida de los contratos y vencimiento del período de ejecución del contrato. En segundo lugar, si el arrendador compensará al arrendatario por la decoración y cómo compensarla depende de diferentes situaciones. Cuando el contrato de arrendamiento es inválido, el arrendador se compromete a compensar al arrendatario con la decoración basada en el enriquecimiento injusto, si el arrendador no acepta utilizarlo, la pérdida del valor presente de la decoración (la pérdida del valor presente se refiere al valor actual de la decoración); la decoración cuando se determina que el contrato es inválido) se considera la pérdida del contrato inválido, la culpa será asumida por ambas partes. Cuando se rescinde el contrato de arrendamiento, la parte infractora que provocó la rescisión del contrato soportará la pérdida del valor residual de la decoración (la pérdida de valor residual se refiere al valor residual de la decoración cuando se rescinde el contrato, que es determinado en función del valor actual de la decoración al momento de la terminación del contrato, y no puede ser inferior al período durante el cual se ejecuta el contrato (los costos de renovación amortizados). Si ninguna de las partes tiene culpa al rescindir el contrato, ambas partes compartirán la pérdida del valor residual de la decoración de conformidad con el principio de equidad.