¿Qué debo proporcionar para la aplicación de derechos de autor de OfficeScan?
2. Prueba de identidad del solicitante;
3. Cuando un propietario de derechos de autor solicite el registro de una obra encargada, deberá presentar también una copia de la cédula de identidad del titular de los derechos de autor. propietario o creador (si el propietario o creador de los derechos de autor es una entidad, deberá presentar una licencia comercial o una copia del certificado de código de la persona jurídica, una copia de la cédula de identidad del representante legal), el original y la copia de la creación encargada. contrato o convenio;
4. Al solicitar el registro de una obra cooperativa, también se deberá presentar copia del documento de identidad del coautor (si el coautor es una unidad, presentar copia del documento de identidad); certificado de licencia comercial o clave de persona jurídica, copia de la cédula de identidad del representante legal), original y copia del contrato o acuerdo de cocreación;
5. del documento de identidad del autor, copia de la licencia comercial o del código de persona jurídica del propietario o usuario exclusivo de los derechos de autor, copia del documento de identidad del representante legal, original y copia del contrato de trabajo y certificado de propiedad de los derechos de autor;
6 Al solicitar el registro de obras artísticas o fotográficas, además de presentar los materiales relevantes antes mencionados, el solicitante también debe presentar dos fotografías de la obra (que no excedan 3R, que se pueden imprimir en una computadora), uno de los cuales debe publicarse en la parte inferior izquierda del "Formulario de Solicitud de Registro de Obras". Por favor complete el espacio en blanco y envíe otro con los materiales.
Base jurídica:
Medidas de Juicio para el Registro Voluntario de Obras
El artículo 1 tiene como objetivo salvaguardar los derechos e intereses legítimos de los autores u otros titulares de derechos de autor y usuarios de obras y para ayudar a resolver problemas. Estas medidas están formuladas para proporcionar evidencia preliminar para resolver disputas de derechos de autor causadas por la propiedad de los derechos de autor.
Artículo 2 El registro de las obras deberá ser voluntario. Ya sea que la obra esté registrada o no, no afecta los derechos de autor obtenidos por el autor u otros titulares de derechos de autor de conformidad con la ley.
Artículo 3 Las oficinas de derechos de autor de cada provincia, región autónoma y municipio directamente dependientes del Gobierno Central son responsables del registro de las obras de los autores u otros titulares de derechos de autor dentro de su jurisdicción. La Administración Nacional de Derecho de Autor es responsable del registro de obras de autores extranjeros y otros titulares de derechos de autor en Taiwán, Hong Kong y Macao.
Artículo 4. Los solicitantes del registro de obra serán el autor, los demás ciudadanos que disfruten de derechos de autor, las personas jurídicas o no, los titulares de derechos exclusivos y sus agentes.
Artículo 5: No serán inscritas por la autoridad de registro de obras las obras que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias: 1. Obras que no están protegidas por la ley de derechos de autor; 2. Obras que han excedido el período de protección de los derechos de autor; 3. Obras cuya publicación o difusión está prohibida según la ley.