Tiempo para el pago del IVA sobre el alquiler prepago.
(2) La obligación tributaria se produce cuando el pago del arrendamiento se recibe por adelantado, independientemente de que se emita factura.
(3) En las circunstancias anteriores, el ingreso del Impuesto sobre Sociedades correspondiente a dos años de alquiler pagado por adelantado puede reconocerse de una sola vez e incluirse en cuotas.
(4) Si el arrendador cobra el alquiler al arrendatario en una sola suma, el impuesto predial debe pagarse el día en que se recibe el pago, es decir, el alquiler se cobra por adelantado. No se permite declarar y pagar el impuesto predial a plazos.
1. Las "Medidas Provisionales para la Recaudación y Administración del Impuesto al Valor Agregado a los Contribuyentes que Prestan Servicios de Arrendamiento de Bienes Raíces" estipulan que los contribuyentes generales pueden optar por aplicar el método de cálculo del impuesto simplificado para arrendar 2065438 + bienes inmuebles. adquiridas antes del 30 de abril de 2006, de acuerdo con la tasa impositiva del 5% se utiliza para calcular el impuesto a pagar. Si el inmueble y la institución están ubicados en el mismo condado (ciudad, distrito), el contribuyente deberá declarar y pagar impuestos a la autoridad fiscal nacional competente donde esté ubicada la institución. "
2. De acuerdo a lo establecido en el “Aviso de Promoción Integral del Programa Piloto de Reemplazo del Impuesto Empresarial por el Impuesto al Valor Agregado”. Si un contribuyente presta servicios de construcción o arrendamiento de manera anticipada, la obligación tributaria se producirá en la fecha de recepción del pago anticipado
3. Modificar el segundo párrafo del artículo 45 (2) de Caishui [2065 438+07] No. 58 “Medidas de Implementación del Programa Piloto de”. Reemplazo del impuesto comercial por impuesto al valor agregado" para que diga "Los contribuyentes otorgan arrendamientos por adelantado". Para los servicios prestados, la obligación tributaria ocurre el día en que se recibe el pago por adelantado".
Con base en esta disposición, a partir de 1 de julio de 2017, el momento en que la empresa constructora recibe el pago por adelantado del propietario o contratista no es el día en que se recibe el pago por adelantado, es decir, cuando la empresa de construcción recibe el pago por adelantado del propietario o empleador. no tiene obligación de pagar el IVA y no emite factura con IVA al propietario o empleador.