¿Tengo que pagar IVA sobre el depósito de mi embalaje?
El detalle es el siguiente:
1. El depósito que cobra el contribuyente por el préstamo de materiales de embalaje para la venta de mercancías debe contabilizarse por separado. Si el tiempo es dentro de un año y no ha vencido, no se incluirá el impuesto comercial. Sin embargo, si no se reembolsa el depósito por embalaje vencido, el impuesto comercial se calculará de acuerdo con la tasa impositiva aplicable a los bienes empaquetados;
2. El depósito cobrado por el contribuyente por el alquiler o préstamo de materiales de embalaje. con el fin de vender bienes se calculará por separado y no se incluirá en el cálculo del impuesto sobre las ventas. Sin embargo, el depósito que no sea devuelto por reciclaje de envases vencidos estará sujeto al IVA al tipo impositivo aplicable al envase.