Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Cuáles son las condiciones para desalojar una vivienda pública de alquiler?

¿Cuáles son las condiciones para desalojar una vivienda pública de alquiler?

Análisis legal: Las viviendas públicas de alquiler deben desocuparse en las siguientes circunstancias: (1) El arrendatario está atrasado en el pago del alquiler por más de 6 meses (2) El arrendatario no solicita la renovación del contrato de arrendamiento según lo requerido y el contrato vence; (3) Si el arrendatario solicita la renovación, Sin embargo, si las condiciones de renovación del contrato de arrendamiento no se cumplen después de la revisión (4) Otras casas adquiridas mediante compra, donación, herencia, etc. durante el período del arrendamiento; Ya no cumple con las condiciones para viviendas públicas de alquiler; (5) Arrendar o hacerse cargo de otras viviendas asequibles durante el período de arrendamiento.

Base jurídica: Artículo 29 de las “Medidas para la Ordenación de la Vivienda Pública de Alquiler”.

Si el arrendatario está atrasado en el pago del alquiler por más de 6 meses, deberá desalojar la vivienda pública de alquiler; si se niega a desalojar, podrá hacerlo el propietario de la vivienda pública de alquiler o de la unidad operativa por él confiada; presentar una demanda ante el Tribunal Popular de Litigios para exigir a los inquilinos que desalojen las viviendas públicas de alquiler.

Artículo 30 Medidas de gestión de viviendas públicas de alquiler

Si el plazo del arrendamiento expira y es necesario renovarlo, el arrendatario deberá informar al gobierno de vivienda municipal o comarcal 3 meses antes del vencimiento del plazo de arrendamiento. El departamento de seguridad presenta una solicitud.

El departamento de seguridad de vivienda del gobierno popular a nivel municipal y de condado trabajará con los departamentos pertinentes para revisar si el solicitante cumple con las condiciones. Si se cumplen las condiciones después de la revisión, se renovará el contrato de arrendamiento y se firmará un contrato de renovación.

Si el arrendatario no solicita la renovación del contrato de arrendamiento según lo requerido, deberá desalojar la vivienda pública de alquiler cuando expire el plazo del arrendamiento; si se niega a desalojar, el propietario de la vivienda pública de alquiler o el operador; La unidad que le haya sido confiada podrá solicitar al Tribunal Popular presentar una demanda para exigir a los inquilinos que abandonen las viviendas públicas de alquiler.

Artículo 31 de las “Medidas para la Administración de la Vivienda Pública de Alquiler”

En cualquiera de las siguientes circunstancias, el arrendatario deberá desalojar la vivienda pública de alquiler:

( 1) Solicitud de renovación de arrendamiento, pero no se cumplen las condiciones para la renovación al momento de la revisión;

(2) Otras viviendas adquiridas mediante compra, donación, herencia, etc. durante el período de arrendamiento. Ya no cumple con las condiciones para la asignación de viviendas públicas de alquiler;

(3) Arrendar o hacerse cargo de otras viviendas asequibles durante el período de arrendamiento.

Si el arrendatario concurre alguna de las circunstancias especificadas en el párrafo anterior, el propietario de la vivienda pública de alquiler o la unidad operativa por él encomendada concertará un período de reubicación razonable para él, y el alquiler durante el período de reubicación será Se pagará de acuerdo al monto del alquiler estipulado en el contrato.

Si el arrendatario no ha desalojado la vivienda pública de alquiler al vencimiento del plazo de reubicación, y el arrendatario no tiene otra vivienda, el alquiler se pagará al precio de mercado si el arrendatario tiene otra vivienda, el propietario de la vivienda pública de alquiler o el operador encomendado por él deberá pagar el alquiler. La unidad podrá presentar una demanda ante el Tribunal Popular para exigir al arrendatario que desaloje la vivienda pública de alquiler.