Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Puedo sustituir yo mismo las puertas de una vivienda pública de alquiler?

¿Puedo sustituir yo mismo las puertas de una vivienda pública de alquiler?

Análisis jurídico: Las cerraduras de las viviendas públicas de alquiler no las puede cambiar usted mismo. Siempre que cumplas con los requisitos podrás solicitar un cambio de cerradura. De acuerdo con las leyes y reglamentos pertinentes, quienes soliciten viviendas públicas de alquiler deben cumplir las siguientes condiciones:

(1) No hay ninguna casa en el área local o el área de la vivienda es inferior al estándar prescrito;

(2) Los ingresos y la propiedad son inferiores al estándar prescrito;

(3) El solicitante es un trabajador migrante y ha estado empleado localmente de manera estable durante el número de años prescrito.

Base jurídica: Artículo 26 de las “Medidas para la Ordenación de la Vivienda Pública de Alquiler”. Los inquilinos no pueden decorar las viviendas públicas de alquiler alquiladas sin autorización. Si la decoración fuera realmente necesaria, se deberá obtener el consentimiento del propietario de la vivienda pública de alquiler o de la unidad operativa por él confiada.