¿Debe el arrendador informar al arrendatario del estado hipotecario del inmueble arrendado?
El artículo 230 de la "Ley de Contratos" estipula: "Si el arrendador vende la casa arrendada, deberá notificarlo al arrendatario dentro de un plazo razonable antes de la venta. El arrendatario tiene derecho de tanteo en virtud de las mismas condiciones. "Se ve que el arrendador puede vender o hipotecar la casa alquilada. Aunque el arrendador alquila la casa, la propiedad de la casa sigue perteneciendo al arrendador y tiene derecho a disponer de ella según sus propias necesidades.
El arrendador está obligado a notificar al inquilino cuando se vende la propiedad. Antes de vender la casa, el arrendador debe notificar al arrendatario en un plazo razonable, porque en las mismas condiciones, el arrendatario tiene el derecho preferente a comprar la casa de alquiler.
El artículo 48 de la "Ley de Garantías" de mi país estipula: "Si el deudor hipotecario hipoteca el inmueble arrendado, deberá notificar por escrito al arrendatario que el contrato de arrendamiento original seguirá vigente, por tanto, al arrendador". Ha realizado cambios en la casa arrendada. Hipoteca, el contrato de arrendamiento original está vigente. El acto de hipoteca no afecta la validez del contrato original. Durante el periodo de arrendamiento, el arrendatario puede seguir viviendo allí y el arrendador puede seguir cobrando el alquiler. Una vez que el arrendador no puede pagar la deuda y la casa se vende o subasta, el arrendatario aún puede seguir viviendo en la casa según el contrato de arrendamiento original.