Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - ¿Qué debo hacer si fallece el propietario de una vivienda pública de alquiler?
¿Qué debo hacer si fallece el propietario de una vivienda pública de alquiler?
Si el propietario original de una vivienda pública de alquiler fallece, el sucesor de la vivienda pública de alquiler puede cambiarse de acuerdo con los procedimientos legales.
Base jurídica:
Artículo 20 de las “Medidas para la Administración de la Vivienda Pública de Alquiler” Condiciones para el cambio de inquilino de la vivienda pública de alquiler:
1. Inquilino original Fallecimiento o reubicación;
2. Tener el mismo registro de hogar que el arrendatario original
3. 4. Tener el mismo registro de hogar que el arrendatario original; La persona *** ha vivido junta por más de dos años;
5.