Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - Las tierras rurales contratadas se alquilan para construir fábricas. Según la Ley de Propiedad de la República Popular China, Capítulo 16, Sección 1, Hipoteca, Hipoteca General, Artículo 179, para ejecutar la deuda garantizada, el deudor o un tercero no ha transferido posesión del inmueble si el inmueble está hipotecado a favor de un acreedor y el deudor no paga las deudas vencidas o realiza la hipoteca según lo acordado por las partes, el acreedor tendrá derecho a recibir prioridad en el pago del inmueble. El deudor o tercero señalado en el párrafo anterior es el deudor hipotecario, el acreedor es el acreedor hipotecario y el bien que da garantía es el inmueble hipotecado. Artículo 180 Pueden hipotecarse los siguientes bienes sobre los que el deudor o un tercero tiene derecho a disponer: (1) las edificaciones y otros bienes inmuebles; (2) los derechos de uso de terrenos para la construcción; (3) mediante licitación, subasta, negociación pública; etc. Derechos de gestión contratados de terrenos baldíos y otros terrenos obtenidos mediante el método; (4) Equipos de producción, materias primas, productos y productos semiacabados; (5) Edificios, barcos y aeronaves en construcción; ) No prohibido por leyes y reglamentos administrativos de otra propiedad. El deudor hipotecario podrá hipotecar conjuntamente los inmuebles enumerados en el párrafo anterior. Artículo 181 Con el consentimiento escrito de los interesados, las empresas, los hogares industriales y comerciales individuales y los productores y operadores agrícolas podrán hipotecar los equipos de producción, las materias primas, los productos semiacabados y los productos existentes y futuros. Si el deudor no paga las deudas vencidas o no realiza el derecho hipotecario según lo acordado por las partes, el acreedor tiene derecho a recibir prioridad en el pago de los bienes muebles cuando se realiza el derecho hipotecario. Artículo 182 Si un edificio está hipotecado, se hipotecarán conjuntamente los derechos de uso del suelo para la construcción dentro del área ocupada por el edificio. Si se hipoteca el derecho de uso de un terreno edificable, las edificaciones que se encuentren en el terreno se hipotecarán conjuntamente. Si el deudor hipotecario no hipotecare juntos los bienes conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, los bienes no garantizados se considerarán hipotecados juntos. Artículo 183 El derecho de uso de terrenos edificables de empresas municipales no podrá hipotecarse separadamente. Si las fábricas y otros edificios de las empresas municipales están hipotecados, también lo estarán los derechos de uso de los terrenos de construcción que ocupan. Artículo 184 No estarán hipotecadas las siguientes propiedades: (1) Propiedad de la tierra; (2) Derechos de uso de la tierra de propiedad colectiva, como tierras cultivadas, fincas, terrenos privados, colinas privadas, etc., excepto aquellas que puedan hipotecarse conforme a la ley; (3) Escuelas, instalaciones educativas, instalaciones médicas y de salud y otras instalaciones de bienestar público de jardines de infancia, hospitales y otras instituciones públicas y grupos sociales (4) Propiedades cuya propiedad y derechos de uso se desconocen o están en disputa; sido sellados, detenidos o bajo vigilancia de conformidad con la ley (6) ) Otras propiedades que no están permitidas para ser hipotecadas de acuerdo con las leyes y reglamentos administrativos; Artículo 185 Para constituir una hipoteca, las partes deberán celebrar por escrito un contrato de hipoteca. Un contrato de hipoteca generalmente incluye las siguientes cláusulas: (1) El tipo y monto de los derechos del acreedor garantizado; (2) El plazo para que el deudor cumpla con su deuda; (3) El nombre, cantidad, calidad, condición, ubicación, propiedad o derecho de uso de la garantía; (4) ) el alcance de la garantía. Artículo 186 Antes de expirar el plazo de cumplimiento de la deuda, el acreedor hipotecario no acordará con el deudor hipotecario que si el deudor no cumple con la deuda debida, la cosa hipotecada pertenecerá al acreedor. Artículo 187 Si los bienes especificados en los incisos 1 a 3 del párrafo 1 del artículo 180 de esta Ley o el edificio en construcción especificado en el inciso 5 del artículo 180 de esta Ley están hipotecados, se procederá a la inscripción de la hipoteca. La hipoteca se crea en el momento de la inscripción. Artículo 188 Si se hipotecan los bienes señalados en los incisos 4 y 6 del párrafo 1 del artículo 180 de esta Ley o la nave o aeronave en construcción especificada en el inciso 5 del artículo 180 de esta Ley, el derecho de hipoteca surtirá efectos a partir del contrato de hipoteca. . cuando esté establecido; sin registro, no podrá luchar contra terceros de buena fe. Artículo 189 Las empresas, las familias industriales y comerciales individuales y los productores y operadores agrícolas que hipotecan bienes muebles especificados en el artículo 181 de esta Ley deberán registrarse en el departamento administrativo industrial y comercial del domicilio del deudor hipotecario. Los derechos hipotecarios se establecen cuando el contrato de hipoteca entra en vigor; sin inscripción, no se puede luchar contra terceros de buena fe. Una hipoteca de conformidad con lo dispuesto en el artículo 181 de esta Ley no se opondrá a un comprador que haya pagado un precio razonable para obtener el bien hipotecado en el ejercicio normal de la actividad empresarial. Artículo 190 Si el bien hipotecado ha sido arrendado antes de la celebración del contrato de hipoteca, la relación de arrendamiento original no quedará afectada por el derecho de hipoteca. Si el bien hipotecado se arrendare después de constituida la hipoteca, la relación de arrendamiento no entrará en conflicto con la hipoteca inscrita. Artículo 191 Durante el período de la hipoteca, si el deudor hipotecario transfiere la cosa hipotecada con el consentimiento del acreedor hipotecario, deberá pagar anticipadamente la deuda al acreedor hipotecario o depositar el producto de la transferencia. El exceso del precio de transferencia sobre el importe del derecho del acreedor pertenecerá al deudor hipotecario, y el déficit será pagado por el deudor. Durante el período de la hipoteca, el deudor hipotecario no podrá enajenar el bien hipotecado sin el consentimiento del acreedor hipotecario, salvo que el cesionario cancele la deuda y elimine el derecho hipotecario. Artículo 192 El derecho hipotecario no podrá transmitirse separadamente de los derechos del acreedor ni utilizarse como garantía de los derechos de otros acreedores. Si se transmite el derecho de un acreedor, también se transmitirá el derecho hipotecario que garantiza el derecho del acreedor, salvo disposición legal en contrario o pacto en contrario de las partes. Artículo 193: Si la conducta del deudor hipotecario es suficiente para reducir el valor de la cosa hipotecada, el acreedor hipotecario tiene derecho a exigir al deudor hipotecario que cese en su conducta. Si el valor del bien hipotecado disminuye, el acreedor hipotecario tiene derecho a exigir la restitución del valor del bien hipotecado o a prestar una garantía correspondiente al valor reducido. Si el deudor hipotecario no restablece el valor de la propiedad hipotecada o no proporciona garantía, el acreedor hipotecario tiene derecho a exigir al deudor el pago anticipado de la deuda. Artículo 194 El acreedor hipotecario podrá renunciar al derecho hipotecario.

Las tierras rurales contratadas se alquilan para construir fábricas. Según la Ley de Propiedad de la República Popular China, Capítulo 16, Sección 1, Hipoteca, Hipoteca General, Artículo 179, para ejecutar la deuda garantizada, el deudor o un tercero no ha transferido posesión del inmueble si el inmueble está hipotecado a favor de un acreedor y el deudor no paga las deudas vencidas o realiza la hipoteca según lo acordado por las partes, el acreedor tendrá derecho a recibir prioridad en el pago del inmueble. El deudor o tercero señalado en el párrafo anterior es el deudor hipotecario, el acreedor es el acreedor hipotecario y el bien que da garantía es el inmueble hipotecado. Artículo 180 Pueden hipotecarse los siguientes bienes sobre los que el deudor o un tercero tiene derecho a disponer: (1) las edificaciones y otros bienes inmuebles; (2) los derechos de uso de terrenos para la construcción; (3) mediante licitación, subasta, negociación pública; etc. Derechos de gestión contratados de terrenos baldíos y otros terrenos obtenidos mediante el método; (4) Equipos de producción, materias primas, productos y productos semiacabados; (5) Edificios, barcos y aeronaves en construcción; ) No prohibido por leyes y reglamentos administrativos de otra propiedad. El deudor hipotecario podrá hipotecar conjuntamente los inmuebles enumerados en el párrafo anterior. Artículo 181 Con el consentimiento escrito de los interesados, las empresas, los hogares industriales y comerciales individuales y los productores y operadores agrícolas podrán hipotecar los equipos de producción, las materias primas, los productos semiacabados y los productos existentes y futuros. Si el deudor no paga las deudas vencidas o no realiza el derecho hipotecario según lo acordado por las partes, el acreedor tiene derecho a recibir prioridad en el pago de los bienes muebles cuando se realiza el derecho hipotecario. Artículo 182 Si un edificio está hipotecado, se hipotecarán conjuntamente los derechos de uso del suelo para la construcción dentro del área ocupada por el edificio. Si se hipoteca el derecho de uso de un terreno edificable, las edificaciones que se encuentren en el terreno se hipotecarán conjuntamente. Si el deudor hipotecario no hipotecare juntos los bienes conforme a lo dispuesto en el párrafo anterior, los bienes no garantizados se considerarán hipotecados juntos. Artículo 183 El derecho de uso de terrenos edificables de empresas municipales no podrá hipotecarse separadamente. Si las fábricas y otros edificios de las empresas municipales están hipotecados, también lo estarán los derechos de uso de los terrenos de construcción que ocupan. Artículo 184 No estarán hipotecadas las siguientes propiedades: (1) Propiedad de la tierra; (2) Derechos de uso de la tierra de propiedad colectiva, como tierras cultivadas, fincas, terrenos privados, colinas privadas, etc., excepto aquellas que puedan hipotecarse conforme a la ley; (3) Escuelas, instalaciones educativas, instalaciones médicas y de salud y otras instalaciones de bienestar público de jardines de infancia, hospitales y otras instituciones públicas y grupos sociales (4) Propiedades cuya propiedad y derechos de uso se desconocen o están en disputa; sido sellados, detenidos o bajo vigilancia de conformidad con la ley (6) ) Otras propiedades que no están permitidas para ser hipotecadas de acuerdo con las leyes y reglamentos administrativos; Artículo 185 Para constituir una hipoteca, las partes deberán celebrar por escrito un contrato de hipoteca. Un contrato de hipoteca generalmente incluye las siguientes cláusulas: (1) El tipo y monto de los derechos del acreedor garantizado; (2) El plazo para que el deudor cumpla con su deuda; (3) El nombre, cantidad, calidad, condición, ubicación, propiedad o derecho de uso de la garantía; (4) ) el alcance de la garantía. Artículo 186 Antes de expirar el plazo de cumplimiento de la deuda, el acreedor hipotecario no acordará con el deudor hipotecario que si el deudor no cumple con la deuda debida, la cosa hipotecada pertenecerá al acreedor. Artículo 187 Si los bienes especificados en los incisos 1 a 3 del párrafo 1 del artículo 180 de esta Ley o el edificio en construcción especificado en el inciso 5 del artículo 180 de esta Ley están hipotecados, se procederá a la inscripción de la hipoteca. La hipoteca se crea en el momento de la inscripción. Artículo 188 Si se hipotecan los bienes señalados en los incisos 4 y 6 del párrafo 1 del artículo 180 de esta Ley o la nave o aeronave en construcción especificada en el inciso 5 del artículo 180 de esta Ley, el derecho de hipoteca surtirá efectos a partir del contrato de hipoteca. . cuando esté establecido; sin registro, no podrá luchar contra terceros de buena fe. Artículo 189 Las empresas, las familias industriales y comerciales individuales y los productores y operadores agrícolas que hipotecan bienes muebles especificados en el artículo 181 de esta Ley deberán registrarse en el departamento administrativo industrial y comercial del domicilio del deudor hipotecario. Los derechos hipotecarios se establecen cuando el contrato de hipoteca entra en vigor; sin inscripción, no se puede luchar contra terceros de buena fe. Una hipoteca de conformidad con lo dispuesto en el artículo 181 de esta Ley no se opondrá a un comprador que haya pagado un precio razonable para obtener el bien hipotecado en el ejercicio normal de la actividad empresarial. Artículo 190 Si el bien hipotecado ha sido arrendado antes de la celebración del contrato de hipoteca, la relación de arrendamiento original no quedará afectada por el derecho de hipoteca. Si el bien hipotecado se arrendare después de constituida la hipoteca, la relación de arrendamiento no entrará en conflicto con la hipoteca inscrita. Artículo 191 Durante el período de la hipoteca, si el deudor hipotecario transfiere la cosa hipotecada con el consentimiento del acreedor hipotecario, deberá pagar anticipadamente la deuda al acreedor hipotecario o depositar el producto de la transferencia. El exceso del precio de transferencia sobre el importe del derecho del acreedor pertenecerá al deudor hipotecario, y el déficit será pagado por el deudor. Durante el período de la hipoteca, el deudor hipotecario no podrá enajenar el bien hipotecado sin el consentimiento del acreedor hipotecario, salvo que el cesionario cancele la deuda y elimine el derecho hipotecario. Artículo 192 El derecho hipotecario no podrá transmitirse separadamente de los derechos del acreedor ni utilizarse como garantía de los derechos de otros acreedores. Si se transmite el derecho de un acreedor, también se transmitirá el derecho hipotecario que garantiza el derecho del acreedor, salvo disposición legal en contrario o pacto en contrario de las partes. Artículo 193: Si la conducta del deudor hipotecario es suficiente para reducir el valor de la cosa hipotecada, el acreedor hipotecario tiene derecho a exigir al deudor hipotecario que cese en su conducta. Si el valor del bien hipotecado disminuye, el acreedor hipotecario tiene derecho a exigir la restitución del valor del bien hipotecado o a prestar una garantía correspondiente al valor reducido. Si el deudor hipotecario no restablece el valor de la propiedad hipotecada o no proporciona garantía, el acreedor hipotecario tiene derecho a exigir al deudor el pago anticipado de la deuda. Artículo 194 El acreedor hipotecario podrá renunciar al derecho hipotecario.