Red de conocimientos turísticos - Evaluación hotelera - Reglamento sobre la Protección de los Derechos de Comunicación en Redes de Información (Revisado en 2013)

Reglamento sobre la Protección de los Derechos de Comunicación en Redes de Información (Revisado en 2013)

Artículo 1 Con el fin de proteger los derechos de difusión de la red de información de los propietarios de derechos de autor, artistas intérpretes o ejecutantes y productores de audio y video (en adelante, titulares de derechos) y fomentar la creación y difusión de obras que sean beneficiosas para la construcción de la civilización espiritual y material socialista. civilización, de acuerdo con la Ley de Derechos de Autor de la "República Popular China" (en lo sucesivo, la Ley de Derechos de Autor), se formulan estas regulaciones. Artículo 2 El derecho de difusión de información en redes de que goza el titular de los derechos estará protegido por la Ley de Derecho de Autor y el presente Reglamento. A menos que las leyes y reglamentos administrativos dispongan lo contrario, cualquier organización o individuo que proporcione obras, interpretaciones y grabaciones de audio y vídeo de otros al público a través de redes de información debe obtener el permiso del titular de los derechos y pagar una remuneración. Artículo 3 Las obras, actuaciones y grabaciones de audio y vídeo prohibidas por la ley no están protegidas por este reglamento.

El ejercicio por parte de los titulares de los derechos de difusión de información en redes no violará la constitución, las leyes y los reglamentos administrativos, ni perjudicará los intereses públicos. Artículo 4 Para proteger el derecho a la difusión de información en la red, los titulares de derechos podrán tomar medidas técnicas.

Ninguna organización o individuo deberá eludir o destruir deliberadamente medidas técnicas, no fabricará, importará ni proporcionará al público dispositivos o componentes utilizados principalmente para eludir o destruir medidas técnicas, no proporcionará tecnología para que otros eludan o destruir medidas técnicas. Sin embargo, se hacen excepciones que pueden evitarse según las leyes y reglamentos administrativos. Artículo 5 Ninguna organización o individuo podrá realizar los siguientes actos sin el permiso del titular de los derechos:

(1) Eliminar o cambiar deliberadamente la gestión electrónica de derechos de obras, interpretaciones y productos de audio y video proporcionados al Información pública a través de redes de información, excepto cuando no pueda evitarse su eliminación o alteración por razones técnicas;

(2) Proporcionar al público a través de redes de información obras, actuaciones, grabaciones de audio y vídeo que sean conscientes o deban serlo. Se sabe que han sido eliminados o modificados sin el permiso del titular de los derechos. Artículo 6. Bajo cualquiera de las siguientes circunstancias, el propietario de los derechos de autor no podrá otorgar permiso ni pagar remuneración al proporcionar obras de otras personas a través de redes de información:

(1) Con el fin de presentar, comentar la obra o explicar un problema, en los trabajos proporcionados al público Citar adecuadamente los trabajos publicados;

(2) Para informar noticias de actualidad, es inevitable copiar o citar trabajos publicados en los trabajos proporcionados al público;

(3) ) Proporcionar una pequeña cantidad de trabajos publicados a un pequeño número de investigadores científicos y docentes para su uso en la enseñanza en el aula escolar o en la investigación científica;

(4) Las agencias estatales proporcionan trabajos publicados a la público dentro de un alcance razonable para realizar deberes oficiales.

(5) Traducir obras chinas que hayan sido publicadas por ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones chinas a obras en idiomas minoritarios y proporcionarlas para su uso por parte de personas de etnia china. minorías;

(6) Hacerlos accesibles a las personas ciegas. La forma única de percepción proporciona a los ciegos obras escritas publicadas, sin fines de lucro;

(7) Proporciona al público información actualizada. artículos de actualidad sobre cuestiones políticas y económicas que hayan sido publicados en la red de información;

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(8) Poner a disposición del público los discursos pronunciados en reuniones públicas. Artículo 7 Bibliotecas, archivos, salas conmemorativas, museos, galerías de arte, etc. Sin el permiso del propietario de los derechos de autor, las obras digitales publicadas legalmente recopiladas por el propietario de los derechos de autor y las obras que deben copiarse en formato digital para su exhibición o preservación de acuerdo con la ley se pueden proporcionar al cliente a través de la red de información sin pago de remuneración, pero no podrán obtenerse directa o indirectamente beneficios económicos. Salvo acuerdo en contrario de las partes.

Las obras a que se refiere el párrafo anterior como versiones de exhibición o conservadas que deban ser copiadas en formato digital deberán estar dañadas o al borde de dañarse, perdidas o robadas, o el formato de almacenamiento está desactualizado, no disponible. para su compra en el mercado, o sólo Obras que puedan adquirirse a precios significativamente más altos que los estándar. Artículo 8 Para implementar la educación obligatoria de nueve años o el plan nacional de educación a través de la red de información, se pueden utilizar fragmentos de obras publicadas, cuentos, obras musicales u obras artísticas o fotográficas independientes para crear material didáctico sin el permiso de los derechos de autor. propietario, y los materiales didácticos o las instituciones de educación a distancia que los hayan obtenido de conformidad con la ley deberán proporcionarlos a los estudiantes registrados a través de redes de información, pero deberán pagar una remuneración al titular de los derechos de autor. Artículo 9 Con el fin de aliviar la pobreza, los ciudadanos chinos, personas jurídicas u otras organizaciones publican obras relacionadas con el alivio de la pobreza, como plantación y mejoramiento, prevención y tratamiento de enfermedades, prevención y reducción de desastres, así como obras que satisfagan las necesidades culturales básicas. Los proveedores de servicios de red deberán hacer un anuncio antes de suministrarlos la obra que proponen para ser ofrecida, el(los) autor(es) y los criterios de pago propuestos. Si el propietario de los derechos de autor no acepta proporcionar la obra dentro de los 30 días a partir de la fecha del anuncio, el proveedor de servicios de red no deberá proporcionar la obra; si el propietario de los derechos de autor no tiene objeciones dentro de los 30 días a partir de la fecha del anuncio, el proveedor de servicios de red; puede proporcionar la obra de acuerdo con el anuncio. La norma paga una remuneración a los titulares de derechos de autor. Si el proveedor de servicios de Internet proporciona el trabajo del propietario de los derechos de autor y este se niega a proporcionarlo, el proveedor de servicios de Internet eliminará inmediatamente el trabajo del propietario de los derechos de autor y pagará al propietario de los derechos de autor la remuneración por proporcionar el trabajo de acuerdo con los estándares publicados.

No podrá obtenerse ningún beneficio económico directo o indirecto por la prestación de obras de conformidad con lo dispuesto en el párrafo anterior.

Artículo 10 De conformidad con lo dispuesto en este Reglamento, quienes proporcionen sus obras al público a través de redes de información sin el permiso del titular de los derechos de autor deberán cumplir también con las siguientes disposiciones:

(1) Además de Párrafo 1 del artículo 6 de este Reglamento Salvo las circunstancias especificadas en los incisos 6 y 7, no se permitirá proporcionar obras que hayan sido previamente declaradas por el autor;

(2) Indicar el nombre del obra y el nombre del autor (título del libro);

(3) Pagar una remuneración de acuerdo con lo dispuesto en este Reglamento;

(4) Tomar medidas técnicas para impedir que otros que el principal especificado en los Artículos 7, 8 y 9 de este Reglamento de obtener derechos de autor para evitar que el comportamiento de copia del cliente según lo estipulado en el Artículo 7 de este Reglamento cause un daño sustancial a los intereses del propietario de los derechos de autor;

(5) No se infringirán otros derechos de los que disfrute el propietario de los derechos de autor de conformidad con la ley.